BOP de Lugo · 17 Sep 2026 · 9 vistas
Trabada aprueba la ordenanza que regula autocaravanas, campers y caravanas
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Trabada aprobó definitivamente la Ordenanza Municipal reguladora del estacionamiento y pernocta de autocaravanas, vehículos tipo camper y caravanas. El texto íntegro de la norma se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo núm. 213, del 17 de septiembre de 2026, con la referencia R. 2448, y va firmado por el alcalde, Rubén García Freije, en Trabada a 10 de septiembre de 2026. La ordenanza fija un precio público de 15 euros al día en el área reservada del complejo deportivo y multas de hasta 3.000 euros.
La norma nace de la exposición de motivos que constata el “crecimiento significativo” del autocaravanismo o turismo itinerante en toda Europa y la necesidad de ordenar los espacios públicos municipales. El texto invoca como marco el Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003), que remite a las ordenanzas municipales para fijar los lugares de parada y estacionamiento en las vías urbanas, y toma como referencia la Ordenanza Municipal Modelo elaborada por la Federación Galega de Municipios e Provincias (FEGAMP). La ordenanza persigue una doble finalidad: dar mayor seguridad jurídica a autocaravanistas, promotores y gestores de zonas de estacionamiento, y fomentar el desarrollo económico del municipio, en especial el turístico.
Una tasa de 15 euros al día en el área del complejo deportivo
El artículo 5.5 aprueba un precio público por la entrada y uso de los servicios disponibles en las zonas de estacionamiento reservado situadas en el área del complejo deportivo de Trabada (Rúa Serra da Cadeira) y en los puntos de reciclaje de titularidad municipal. La tarifa es de 15 euros/día, mientras que el uso de las restantes zonas habilitadas será gratuito, sin perjuicio de que el precio pueda actualizarse en las ordenanzas fiscales municipales.
La persona interesada deberá solicitar y obtener autorización del Ayuntamiento y abonar el precio público con carácter previo al acceso al recinto. La información y la forma de acceso se facilitarán en la web municipal www.trabada.gal, con instrucciones para el pago telemático a través de la sede electrónica, donde el usuario firmará con el certificado digital la orden de pago.
Los puntos de reciclaje deberán contar con una infraestructura mínima:
- Acometida de agua potable.
- Rejilla de alcantarillado para desagüe de aguas grises.
- Punto de vaciado del WC (aguas negras).
- Recipiente de basura para recogida diaria de residuos domésticos.
Límites de cuatro días y prohibiciones en las zonas reservadas
En las zonas de estacionamiento reservado no se podrá exceder un máximo de hasta 4 días continuos durante una misma semana, con el fin de garantizar la rotación y la distribución equitativa de las plazas. Dentro de estos espacios, la velocidad de los vehículos de todas las categorías no puede superar los 30 km/h.
La ordenanza prohíbe expresamente:
- Sacar toldos, patas estabilizadoras o niveladoras, mesas, sillas o cualquier otro mobiliario doméstico al exterior.
- Desplegar elementos que amplíen el perímetro del vehículo en marcha.
- Sacar tendederos de ropa al exterior.
- Verter líquidos o basura de cualquier clase, salvo que la zona cuente con la infraestructura necesaria.
El texto reconoce el derecho a estacionar y pernoctar en todo el municipio conforme a las normas de tráfico, excepto en los espacios naturales protegidos, lugares de la Rede Natura 2000, terrenos forestales, suelo rústico de especial protección y zonas de dominio público. También fija los deberes de las personas autocaravanistas: conducir con respeto a las normas de seguridad vial, abstenerse de ruidos molestos, usar los recipientes propios para residuos y ocupar solo el espacio estrictamente necesario.
Sanciones de hasta 3.000 euros y expulsión de la zona
El título II establece el régimen sancionador y atribuye la competencia para sancionar al alcalde. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, con las siguientes cuantías:
- Infracciones leves: multas de hasta 750 euros.
- Infracciones graves: multas de hasta 1.500 euros y/o expulsión de la zona de estacionamiento reservado.
- Infracciones muy graves: multas de hasta 3.000 euros y/o expulsión de la zona de estacionamiento reservado.
Entre las conductas tipificadas figuran la falta de visibilidad del justificante de reserva, la colocación de elementos fuera del perímetro del vehículo, la emisión de ruidos por equipos de sonido por encima de los límites, el vertido ocasional de residuos, el uso fraudulento de los servicios, la ausencia de acreditación del pago del precio público, el vertido intencionado de residuos, el deterioro del mobiliario urbano y la instalación de zonas sin licencia. Las sanciones se graduarán por la intencionalidad o reiteración, la naturaleza de los perjuicios, la reincidencia y la obstaculización del tráfico.
Como medidas cautelares, se procederá a la inmovilización o retirada del vehículo de la vía pública en los supuestos previstos en la ordenanza y en el Real Decreto Legislativo 6/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
La norma entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el boletín provincial del texto definitivo aprobado por el Pleno. Su aplicación afecta directamente a la vecindad de Trabada, a las personas autocaravanistas que visitan el municipio y al sector turístico local, que pasa a contar con un marco regulador propio para el turismo itinerante.
Fuente: Boletín Oficial da Provincia de Lugo, núm. 213, 17 de septiembre de 2026, Sección I, páx. 10-14 (referencia oficial: R. 2448).