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Boletín Oficial de La Rioja · 17 Aug 2026 · 9 vistas

Torrecilla en Cameros aprueba definitivamente la ordenanza de licencias de vado

Por FactBox Admin

Entrada en vigor de la normativa local

El Boletín Oficial de La Rioja número 156, publicado el lunes 17 de agosto de 2026, recoge la aprobación definitiva de la ordenanza reguladora de las licencias de vado y entrada de vehículos a través de aceras o bienes de dominio público del Ayuntamiento de Torrecilla en Cameros. El texto completo de la norma, de siete páginas, aparece en la sección III (Otras disposiciones y actos) con la referencia oficial BOR-A-20260817-III–3218 y número de expediente 202608130123969.

La ordenanza entra en vigor conforme a lo previsto en los artículos 70 y 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, una vez publicada íntegramente su texto en el boletín oficial.

Procedimiento de aprobación

El Pleno del Ayuntamiento de Torrecilla en Cameros aprobó inicialmente la ordenanza en sesión ordinaria celebrada el 29 de junio de 2026. Posteriormente, el texto fue publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 124, de 2 de julio de 2026, para someterlo a información pública.

Durante el periodo de alegaciones no se presentó ninguna objeción por parte de vecinos o interesados, por lo que el acuerdo quedó elevado a definitivo de conformidad con el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004. La publicación definitiva se formaliza ahora, el 14 de agosto de 2026, con la firma del Alcalde-Presidente, Sergio Martínez Astola.

Alcance y contenido de la ordenanza

La norma establece un marco integral para regular los vados en el municipio riojano. La ordenanza se estructura en cinco capítulos y 31 artículos que cubren desde las disposiciones generales hasta el régimen de extinción de las licencias.

  • Concepto de vado: se define como el aprovechamiento especial del dominio público consistente en la entrada y salida de vehículos desde inmuebles, locales o solares a través de aceras, espacios peatonales o bienes de dominio público municipal.
  • Clases de licencia: vado permanente (24 horas), vado horario o laboral (solo en horario autorizado) y vado para obras (temporal para maquinaria de obra).
  • Órgano competente: la concesión, modificación, transmisión, revocación e extinción corresponde a la Alcaldía-Presidencia.
  • Requisitos: compatibilidad urbanística, ausencia de riesgos para la seguridad vial o peatonal, espacio suficiente para maniobras y estar al corriente de obligaciones tributarias municipales.
  • Plazo de resolución: un máximo de tres meses, con silencio administrativo negativo al tratarse de autorización sobre dominio público.

Señalización, costes y régimen sancionador

La ordenanza integra en un único texto la regulación del uso de vados y la tasa correspondiente por el aprovechamiento especial del dominio público, al amparo del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Las obras de rebaje de bordillo o acondicionamiento serán a cargo íntegro del titular de la licencia.

  • La reserva de espacio se señalará con placa oficial normalizada facilitada por el Ayuntamiento, cuyo coste abonará el titular.
  • Quedan prohibidos los obstáculos no autorizados, las rampas móviles y elementos improvisados sobre el bordillo, así como el uso de placas no oficiales.
  • Las licencias tendrán carácter anual, renovables, y podrán ser revocadas por razones de interés público debidamente motivadas.
  • Contra el acuerdo definitivo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses desde la publicación.

Impacto para vecinos y comercios

La entrada en vigor de esta ordenanza ofrece a los vecinos y comerciantes de Torrecilla en Cameros un marco normativo claro y homogéneo para gestionar las solicitudes de vado, sustituyendo posibles practices dispersas hasta ahora. La norma busca garantizar el equilibrio entre el uso general del dominio público y las necesidades de acceso a inmuebles y locales comerciales, a la vez que refuerza la seguridad vial y peatonal en las calles del municipio.


Fuente: Boletín Oficial de La Rioja, núm. 156, 17 de agosto de 2026, sección III, pág. 14410 (referencia oficial: BOR-A-20260817-III–3218).