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BOP de Pontevedra · 21 Sep 2026 · 5 vistas

Tomiño aprueba el padrón del agua del tercer trimestre de 2026

Por FactBox Admin

Tomiño aproba o padrón da auga do terceiro trimestre de 2026

El Ayuntamiento de Tomiño aprobó los padrones fiscales de la tasa de agua potable, red de sumideros, canon del agua y coeficiente de vertido correspondientes al tercer trimestre de 2026. La decisión se adoptó por Decreto de alcaldía del 17 de septiembre de 2026 y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO) núm. 181, del 21 de septiembre de 2026, en la sección de Administración Local. El anuncio abre un período de exposición pública de veinte días hábiles y fija el plazo voluntario de cobro entre el 1 de noviembre de 2026 y el 1 de enero de 2027, ambos incluidos.

El expediente se tramita con la referencia 787/2026 y el documento va firmado por la alcaldesa, Sandra González Álvarez. La exposición al público de los padrones produce los efectos de notificación colectiva previstos en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria, de modo que la publicación en el boletín sustituye a la comunicación individual a cada abonado. La medida afecta a todos los usuarios de los servicios municipales de abastecimiento y saneamiento del municipio.

Exposición pública y presentación de reclamaciones

El plazo de exposición al público es de veinte días hábiles y se cuenta a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el BOPPO. Durante ese período los interesados pueden consultar los padrones aprobados y presentar las reclamaciones que consideren oportunas; si las hubiese, el padrón pasaría a ser definitivo con la resolución de las mismas.

Los puntos habilitados para el examen de la documentación son:

  • Las oficinas de FCC Aqualia, S.A., en la Rúa Gondomar, nº 34 bajo, con atención los miércoles y jueves de 9:00 a 13:00 horas.
  • Las oficinas del Ayuntamiento de Tomiño.

Plazo voluntario, lugar de cobro y recargos

El pago en período voluntario puede realizarse desde el 1 de noviembre de 2026 hasta el 1 de enero de 2027. Los abonados que no tengan domiciliados los recibos podrán hacerlos efectivos a partir del 1 de noviembre de 2026 en las oficinas de AQUALIA en Tomiño, en la Rúa Gondomar, nº 34 bajo, de 9:00 a 13:00 horas, los miércoles y jueves.

Transcurrido el plazo voluntario y sin más notificaciones ni requerimientos, las deudas no satisfechas se exigirán por vía ejecutiva, con intereses de demora y recargos del período ejecutivo, conforme a los artículos 26, 28 y 62 de la Ley General Tributaria. Los recargos aplicables son:

  • Un 5% del importe de la deuda no ingresada antes de la notificación de la providencia de apremio.
  • Un 10% cuando se satisfaga la totalidad de la deuda y el propio recargo antes de la finalización del plazo del artículo 62 de la LGT.
  • Un 20% de recargo de apremio ordinario cuando no concurran las circunstancias anteriores.

La falta de pago en período voluntario del canon del agua y del coeficiente de vertido supondrá su exigencia directa al contribuyente por la vía de constreñimiento por la Consellería competente en materia de hacienda de la Xunta de Galicia.

Vías de recurso

Contra las liquidaciones de los padrones fiscales de agua y saneamiento los interesados pueden interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la finalización de la exposición al público, según el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004. Contra la denegación expresa o tácita del recurso cabe acudir al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo:

  • Dos meses desde el día siguiente a la notificación o publicación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición.
  • Seis meses desde el día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto, si el recurso no se resolvió de forma expresa.

Además, la repercusión del canon del agua y del coeficiente de vertido puede ser objeto de reclamación económico-administrativa ante el órgano económico-administrativo de la Comunidad Autónoma de Galicia en el plazo de un mes desde que se entienda producida la notificación con la publicación en el BOPPO, conforme al artículo 49.7 del Decreto 136/2012.

El anuncio tiene un impacto directo sobre todos los abonados del municipio, que deben tener en cuenta el calendario de pago y los plazos de reclamación para evitar recargos. La publicación en el boletín oficial convierte el padrón en notificación válida para los usuarios, por lo que cualquier reclamación sobre importes o datos de facturación debe presentarse dentro de los veinte días hábiles de exposición pública.


Fuente: Boletín Oficial da Provincia de Pontevedra (BOPPO), núm. 181, del 21 de septiembre de 2026, Administración Local, Concello de Tomiño (referencia oficial: 2026068478; CSV 0GK907PT00R124RK).