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BOP de Teruel · 13 Aug 2026 · 6 vistas

Teruel concede ayudas a 38 familias celíacas de la convocatoria 2026

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Teruel ha aprobado la concesión y orden de pago de las subvenciones a unidades familiares con personas celíacas o intolerantes al gluten de la convocatoria de 2026, que benefician a 38 familias. La resolución, adoptada por el Decreto nº 4185/2026 de la Alcaldía-Presidencia el 7 de agosto, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel número 153, de 13 de agosto de 2026, con la referencia Núm. 2026-2437.

La convocatoria se aprobó el 30 de marzo de 2026 y se publicó en el BOP de Teruel n.º 68, de 13 de abril, con un plazo de presentación de veinte días hábiles que discurrió entre el 14 de abril y el 13 de mayo. Se recibieron 55 solicitudes y la dotación prevista era de 22.000 euros, imputados a la aplicación presupuestaria 2311.489.05 (Acción Social – Subvenciones familias con enfermos celiacos). El marco legal aplicable es la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, la Ordenanza General Reguladora de las Bases de Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Teruel y el Presupuesto Municipal vigente.

Las beneficiarias y las cuantías

El decreto concede y ordena el pago de un total de 6.975 euros a 38 unidades familiares. Las cuantías, calculadas según el punto 5 de la convocatoria, dependen de los ingresos de la unidad familiar (bases imponibles general y del ahorro del IRPF de 2025) y de la condición de familia numerosa, tomando como referencia el IPREM 2026 (8.400 euros anuales en 14 pagas) multiplicado por 5,5, lo que sitúa el límite en 46.200 euros:

  • Tramo A (ingresos entre el 0 % y el 25 % de ese límite): 250 euros por persona afectada.
  • Tramo B (entre el 26 % y el 50 %): 200 euros.
  • Tramo C (entre el 51 % y el 75 %): 150 euros.
  • Tramo D (entre el 76 % y el 100 %): 100 euros.
  • Familias numerosas: 50 euros adicionales por persona en el tramo A y 25 euros en el tramo B.

La cantidad efectivamente concedida asciende a 6.975 euros, por lo que el sobrante definitivo a liberar es de 15.025 euros.

Denegaciones y desistimiento

Se deniegan 16 solicitudes: 14 por superar el nivel máximo de ingresos y dos por presentación extemporánea. Los solicitantes aparecen identificados por clave numérica, en aplicación del Reglamento General de Protección de Datos, tal como exige el informe del Delegado de Protección de Datos incorporado al expediente:

  • Por superar el nivel de ingresos (entre 49.255,61 y 97.011,24 euros): solicitudes n.º 3, 5, 12, 14, 20, 22, 23, 24, 42, 43, 45, 47, 49 y 51.
  • Por presentación extemporánea: solicitudes n.º 54 y 55.
  • Desistimiento por no atender el requerimiento de subsanación (artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre): solicitante n.º 53.

Tramitación y avocación

La competencia para resolver correspondía a la Junta de Gobierno Local, pero, al no tener prevista ninguna reunión durante agosto por el período vacacional, se avocó a la Alcaldía-Presidencia conforme al artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La Comisión de Valoración emitió por unanimidad la propuesta definitiva el 5 de agosto, el informe jurídico de la TAG de Servicios Sociales lleva fecha de 4 de agosto y la fiscalización favorable se emitió el 7 de agosto. El anuncio lo firma la TAG de Servicios Sociales, Dª. Laura Benages Fernández, en Teruel, el 10 de agosto de 2026.

La resolución despeja la incertidumbre de las familias que aguardaban el resultado de la convocatoria 2026 y consolida una línea municipal dirigida a un colectivo que afronta un sobrecoste alimentario permanente por la dieta sin gluten. El acuerdo se publicará en el BOP de Teruel, en el Tablón de Anuncios Municipal y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento, y será notificado a todos los interesados con indicación de los recursos procedentes.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel, núm. 153, 13 de agosto de 2026, sección Administración Local – Municipios, pág. 2 (referencia oficial: Núm. 2026-2437; Decreto nº 4185/2026).