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Butlletí Oficial del Principat d'Andorra · 15 Oct 2026 · 6 vistas

Cerrada la caza de muflón macho en la unidad de gestión este

Por FactBox Admin

Tancada la caça de mufló mascle a la unitat de gestió est

El Govern d’Andorra ha dado por finalizado el periodo hábil de caza de muflón macho en la unidad de gestión este, en terreno cinegético común, para los años 2026-2027. La decisión se formaliza mediante la Orden ministerial del 14-10-2026, firmada por el ministro de Medio Ambiente, Agricultura y Ganadería, Guillem Casal Font, y se publica en el Boletín Oficial del Principado de Andorra (BOPA) núm. 118, del 15 de octubre de 2026, dentro de la sección de Otras disposiciones. El cierre responde al cumplimiento de la totalidad de las capturas de macho autorizadas en el plan de caza.

La disposición se enmarca en el despliegue de la normativa cinegética andorrana y su exposición de motivos encadena las normas que la sustentan. El texto recuerda que la materia se rige por la Ley 18/2024, del 19 de diciembre, de caza, y por el Reglamento de caza, aprobado por decreto del 4 de junio de 2025, que ha sido modificado en dos ocasiones recientes: por el decreto 263/2025, del 23 de julio de 2025, y por el decreto 362/2026, del 23 de septiembre de 2026.

La orden se dicta de acuerdo con el artículo 2, apartado 5, subapartado viii, de la orden ministerial del 30-6-2026 relativa a la temporada de caza y a los planes de caza para los años 2026-2027. Este precepto es el que habilita al titular del ministerio a declarar el fin del periodo hábil cuando se agotan las capturas asignadas a una unidad de gestión concreta.

Un cierre por cuota agotada

El plan de caza de la población de muflones de la unidad de gestión este preveía dos capturas de macho en terreno cinegético común. Una vez constatado que se han alcanzado ambas, la orden declara finalizado el periodo hábil para este tipo de captura.

El artículo único de la disposición recoge esta circunstancia como fundamento exclusivo de la medida: dado que se han efectuado las dos capturas otorgadas, se da por finalizado el periodo hábil del plan de caza de muflón macho en la unidad de gestión este. No se añaden condiciones adicionales ni plazos transitorios.

Marco normativo invocado

  • Ley 18/2024, del 19 de diciembre, de caza.
  • Reglamento de caza, aprobado por decreto del 4 de junio de 2025.
  • Decreto 263/2025, del 23 de julio de 2025, de modificación del Reglamento de caza.
  • Decreto 362/2026, del 23 de septiembre de 2026, de modificación del Reglamento de caza.
  • Orden ministerial del 30-6-2026, relativa a la temporada de caza y a los planes de caza para los años 2026-2027.

Entrada en vigor y alcance

La orden entra en vigor el mismo día de su publicación en el BOPA, es decir, el 15 de octubre de 2026. El texto se hace público «para conocimiento general» y lleva la fecha de Andorra la Vella, 14 de octubre de 2026.

La medida afecta directamente a los cazadores y a los gestores cinegéticos que operan en la unidad de gestión este, que ya no podrán capturar machos de muflón en este ámbito durante el resto de la temporada 2026-2027. La decisión no altera el resto de tipos de captura ni otras unidades de gestión, que continúan regidas por la orden de temporada del 30 de junio.

Con esta orden, el ministerio cierra anticipadamente la caza de machos de muflón en la unidad este porque la cuota fijada ya se ha consumido, una medida que da a los cazadores y a los gestores una regla clara sobre el terreno: cualquier captura adicional de este tipo en el ámbito afectado quedaría fuera del plan vigente. El mecanismo confirma que el sistema andorrano de planes de caza funciona por cuotas cerradas y que su agotamiento se comunica de manera inmediata mediante el boletín oficial.


Fuente: Butlletí Oficial del Principat d’Andorra (BOPA), núm. 118, 15 d’octubre del 2026, Altres disposicions (Govern), pàg. 1 (referència oficial: GD_2026_10_13_15_39_38).