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BOP de Guadalajara · 08 Oct 2026 · 23 vistas

Tamajón aprueba la ordenanza que regula el uso de sus centros culturales

Por FactBox Admin

Tamajón aprueba la ordenanza que regula el uso de sus centros culturales

El Pleno del Ayuntamiento de Tamajón aprobó el 29 de septiembre de 2026 la ordenanza reguladora del precio público por la cesión del uso de los centros culturales, las normas de uso de los mismos y la repercusión de los suministros a las asociaciones culturales y de vecinos y vecinas de Tamajón, Almiruete, Muriel y Palancares. El acuerdo, de aprobación provisional, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara nº 192, de 8 de octubre de 2026, en el documento nº 2613, y abre un plazo de exposición pública de treinta días hábiles.

La norma nace de la sesión ordinaria del Pleno celebrada el 29 de septiembre de 2026 y se firma en Tamajón en esa misma fecha por el alcalde, D. Eugenio Esteban de la Morena. El texto publicado recoge la transcripción literal del acuerdo plenario, que consta de dos puntos resolutivos y remite al expediente municipal para el contenido íntegro de la ordenanza.

Aprobación provisional y trámite de exposición pública

El acuerdo plenario se estructura en dos puntos:

  • PRIMERO. Aprobar el acuerdo regulador para el establecimiento y ordenación de los precios públicos sobre cesión del uso de centros culturales, normas de uso de los mismos y repercusión en los suministros a asociaciones culturales y de vecinos y vecinas de Tamajón, Almiruete, Muriel y Palancares, según obra en el expediente.
  • SEGUNDO. Exponer al público el anterior acuerdo mediante anuncio que se insertará en el tablón de anuncios municipal durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de publicación de dicho anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos informativos.

El anuncio se publica en el BOP de Guadalajara nº 192, correspondiente al jueves 8 de octubre de 2026, de modo que el cómputo del plazo arranca desde el día siguiente a esa inserción. Se trata, por tanto, de una aprobación todavía provisional, sujeta al trámite de información pública antes de adquirir carácter definitivo.

Consulta del expediente y sede electrónica

Junto al plazo de exposición en el tablón de anuncios municipal, el acuerdo dispone que la documentación estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica del consistorio, accesible en la dirección http://tamajon.sedelectronica.es.

  • Órgano que aprueba: Pleno del Ayuntamiento de Tamajón.
  • Fecha de la sesión: 29 de septiembre de 2026.
  • Fecha de publicación: 8 de octubre de 2026.
  • Plazo de exposición pública: treinta días hábiles desde el día siguiente a la publicación.
  • Lugar de consulta: tablón de anuncios municipal y sede electrónica tamajon.sedelectronica.es.

Qué regula la ordenanza

El objeto del acuerdo es triple. En primer lugar, fija el precio público que se aplicará a la cesión del uso de los centros culturales del municipio. En segundo lugar, establece las normas de uso de esas instalaciones. Y en tercer lugar, ordena la repercusión de los suministros a las asociaciones culturales y a las asociaciones de vecinos y vecinas de los cuatro núcleos citados.

El ámbito subjetivo del texto alcanza, por tanto, al tejido asociativo de Tamajón y de sus núcleos de Almiruete, Muriel y Palancares, entidades que hasta ahora venían utilizando los centros culturales municipales sin un marco específico de precios y de reparto de gastos de suministros.

El documento se publica en la sección de anuncios del boletín provincial, dentro del epígrafe de Ayuntamientos, y lleva asociado el código de verificación 1821ae5a80976be94c2f0bf0e31f377d631832db, que permite comprobar su autenticidad en la sede del boletín.

La aprobación de esta ordenanza afecta directamente a la vida asociativa de un municipio disperso en cuatro núcleos de población. Las asociaciones culturales y vecinales dispondrán ahora de una referencia escrita sobre cuánto cuesta usar los centros culturales y cómo se reparten los costes de suministros, lo que da seguridad jurídica a actividades como fiestas, talleres o reuniones vecinales. El plazo de treinta días hábiles abre además la puerta a que las propias entidades y cualquier vecino interesado presenten alegaciones o sugerencias antes de que el texto quede aprobado con carácter definitivo.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, nº 192, 8 de octubre de 2026, sección de anuncios (Ayuntamientos), pág. 1 (referencia oficial: documento nº 2613; código de verificación 1821ae5a80976be94c2f0bf0e31f377d631832db).