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BOP de Cáceres · 29 Sep 2026 · 23 vistas

Talayuela aprueba definitivamente su Reglamento de Honores y Distinciones municipal

Por FactBox Admin

Talayuela aprueba definitivamente su Reglamento de Honores y Distinciones municipal

El Ayuntamiento de Talayuela ha declarado aprobado definitivamente su Reglamento de Honores y Distinciones, la norma que fija qué reconocimientos municipales pueden otorgarse, a quién y con qué procedimiento. El acuerdo se publica íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres n.º 0186, de 29 de septiembre de 2026, en la Sección I - Administración Local, páginas 22139 a 22147, con la referencia oficial BOP-2026-4516. El texto entrará en vigor una vez publicado íntegramente en el boletín y transcurridos quince días hábiles, conforme al artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el 26 de junio de 2026, aprobó inicialmente el reglamento y acordó que quedaría aprobado definitivamente si no se presentaban reclamaciones ni sugerencias. La aprobación inicial se sometió a información pública durante 30 días hábiles, con anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres n.º 0125, de 3 de julio de 2026, y en la sede electrónica municipal. Entre el 3 de julio y el 14 de agosto de 2026, ambos incluidos, no se presentó ninguna opinión ni sugerencia al texto.

La norma se dicta en ejercicio de la potestad reglamentaria y de autoorganización reconocida a los municipios por los artículos 4.1.a) y 84 de la Ley 7/1985 y se ajusta al Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, que faculta a los ayuntamientos a premiar merecimientos o servicios extraordinarios. El reglamento consta de 27 artículos, una disposición final y cinco capítulos, y el anuncio aparece firmado por el alcalde, Roberto Baños Martín, con fecha 20 de agosto de 2026.

Las distinciones que crea el reglamento

Todas las recompensas tienen carácter exclusivamente honorífico y no otorgan derecho administrativo ni económico alguno. El texto articula las siguientes figuras:

  • Medalla de la localidad de Talayuela: ovalada, de 4 centímetros de ancho por 5,5 de alto, con el escudo de la localidad en el anverso y la imagen de la Virgen de la Asunción, patrona del municipio, en el reverso; pende de un cordón rojo y plata. Se limita a cinco medallas numeradas simultáneas para personas físicas, de carácter vitalicio, y solo se cubre la vacante cuando fallece un poseedor.
  • Hija o Hijo Predilecto: reservado a personas nacidas en el municipio.
  • Hija o Hijo Adoptivo: abierto a personas no naturales de Talayuela.
  • Cronista Oficial: título honorífico para quienes destaquen en el estudio, la investigación y la difusión de la historia local, con un máximo de dos nombramientos.
  • Alcaldesa o Alcalde Honorario y Concejal o Concejala Honoraria: cargos vitalicios sin facultades de gobierno, aunque investidos de funciones representativas fuera de la localidad.
  • Otras distinciones: denominación de plazas, avenidas, calles, edificios o parques, placas conmemorativas y monumentos o estatuas.

Quién puede proponer y cómo se tramita

La concesión exige la instrucción previa de un expediente y solo pueden promoverla la Alcaldía Presidencia, la Junta de Gobierno Local por acuerdo unánime, un tercio de los miembros de la Corporación, entidades o asociaciones de reconocido prestigio, o cualquier vecino con el apoyo del 5% de las firmas del censo electoral. La propuesta requiere el informe previo de la Comisión Informativa de Educación, Cultura y Deportes.

El expediente se incoa por decreto de la Alcaldía, que designa instructor y secretario, y se somete a información pública durante un mes. El instructor eleva después su propuesta a la comisión informativa, que dictamina, y el Pleno decide por mayoría absoluta del número legal de miembros. Cada concesión se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, se inscribe en el Libro de Honores y Distinciones municipal y se comunica a la Consejería de la Junta de Extremadura competente en el registro de símbolos, tratamientos y honores de las entidades locales. Las distinciones a la Casa de Su Majestad solo requieren consulta previa.

Revocación y uso de los distintivos

El capítulo quinto permite privar de las distinciones, cualquiera que sea la fecha de concesión, a quienes incurran en faltas como la comisión de un hecho delictivo o actos incívicos públicos y notorios. El acuerdo exige el mismo número de votos que la concesión y va precedido de propuesta e informe reservado de la Alcaldía. El uso indebido se pondrá en conocimiento del Ministerio Público y podrá dar lugar a sanciones económicas.

Los beneficiarios podrán usar libremente su distintivo, salvo en actos que supongan desdoro para la localidad. Medallados, Hijos Predilectos y Adoptivos, Cronistas Oficiales y Miembros Honorarios serán invitados expresamente a los actos solemnes y ocuparán un lugar inmediato al de los miembros de la Corporación.

El reglamento dota a Talayuela de un marco estable y predecible para reconocer públicamente a personas y entidades que hayan contribuido al progreso, el prestigio o el bienestar del municipio, y ordena por primera vez el procedimiento, los límites y el registro de esos honores.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, n.º 0186, de 29 de septiembre de 2026, Sección I - Administración Local, págs. 22139-22147 (referencia oficial: BOP-2026-4516).