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Diario Oficial de la República de Chile · 26 Sep 2026 · 6 vistas

Subtel traspasa a Net Media Chile la concesión FM XQB-67 de Santiago

Por FactBox Admin

Subtel traspasa a Net Media Chile la concesión FM XQB-67 de Santiago

El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones modificó la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada de la señal distintiva XQB-67, para la localidad de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, cuyo titular pasa de Garate S.A. a Sociedad Net Media Chile SpA. La decisión consta en el decreto exento N° 994, de 11 de septiembre de 2026, publicado en el Diario Oficial de la República de Chile Núm. 44.559, del sábado 26 de septiembre de 2026, en la Sección II (Normas Particulares), con la referencia oficial CVE 2876924.

La modificación fue dictada por la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) en uso de sus atribuciones y se apoya en la Ley N° 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, y en el decreto supremo N° 126, de 1997, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora. El acto administrativo lleva la firma del Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Louis de Grange Concha, y fue transcrito por la Subsecretaria de Telecomunicaciones, Romina Garrido Iglesias.

El cambio de titular y los datos de la concesión

El decreto modifica la concesión en el sentido de que su nuevo titular es Sociedad Net Media Chile SpA, RUT N° 78.221.361-K, con domicilio en calle General Flores N° 83, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago. El titular saliente es Garate S.A., RUT N° 96.822.710-6.

La norma establece además que la nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas obligaciones y responsabilidades que su antecesora en la concesión. También le impone el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.

Los antecedentes que habilitaron la transferencia

La concesión tiene una historia administrativa que el propio decreto detalla entre sus vistos y considerandos:

  • El decreto supremo N° 210, de 1988, otorgó la concesión.
  • El decreto supremo N° 181, de 2010, la renovó.
  • El decreto exento N° 395, de 2022, la transfirió a su titular anterior.
  • La resolución exenta N° 1.120, de 12 de junio de 2026, autorizó previamente la transferencia de la concesión.
  • El instrumento público de 19 de junio de 2026 da cuenta del acto o contrato de transferencia.
  • La solicitud de modificación por cambio de titular ingresó a Subtel con el ingreso N° 89.575, de 25 de junio de 2026.

El expediente se completa con el decreto ley N° 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones; el decreto supremo N° 103, de 2008, del mismo ministerio; y la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Plazo de publicación y efecto del incumplimiento

El decreto de modificación debe ser publicado por la nueva concesionaria en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación. Esa notificación se practicará desde las casillas notificacionsubtel@subtel.gob.cl o notificaciones.electronicas@subtel.gob.cl.

La norma advierte que la no publicación dentro del plazo indicado producirá la extinción del acto administrativo por el solo ministerio de la ley, sin necesidad de declaración alguna, conforme al inciso final del artículo 23 de la Ley N° 18.168. El decreto cierra con la fórmula de estilo: anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.

El cambio de titular de una concesión de frecuencia modulada que cubre la capital implica un traspaso de propiedad en un medio de comunicación de alcance metropolitano, con efectos sobre el control de la señal y sobre las obligaciones legales y técnicas que la acompañan. Para los lectores, el dato relevante es que la operación ya cuenta con autorización previa y con el decreto de modificación dictado, y que su vigencia queda supeditada a que la nueva concesionaria publique el acto en el Diario Oficial dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación.


Fuente: Diario Oficial de la República de Chile, Núm. 44.559, sábado 26 de septiembre de 2026, Sección II (Normas Particulares), págs. 1-2 (referencia oficial: CVE 2876924).