Diario Oficial de la República de Chile · 26 Aug 2026 · 3 vistas
Subsecretaría de Educación actualiza tramos docentes y ordena reliquidaciones salariales
Por FactBox Admin

La Subsecretaría de Educación actualizó el listado de profesionales de la educación contenido en la resolución exenta Nº 8.311, de 2025, y ordenó las reliquidaciones de tramos del Sistema de Desarrollo Profesional Docente que correspondan. La medida quedó formalizada en la resolución exenta Nº 5.098, de 14 de agosto de 2026, firmada por el Subsecretario de Educación, Daniel Rodríguez Morales, y publicada en el Diario Oficial de la República de Chile Núm. 44.534, del miércoles 26 de agosto de 2026, sección II (Normas Particulares), con referencia CVE 2857234.
La norma se dicta en el marco de la ley Nº 20.903, que creó el Sistema de Desarrollo Profesional Docente, aplicable a los profesionales de la educación de establecimientos regidos por el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, y a quienes ocupan cargos directivos y técnico-pedagógicos en los Departamentos de Administración Educacional municipales. El sistema contempla una progresión por tramos —inicial, temprano, avanzado, experto I y experto II— a la que se accede mediante los instrumentos de evaluación de conocimientos específicos y pedagógicos y el portafolio, regulados en el artículo 19 K del Estatuto Docente.
Motivos de la actualización
El Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas (CPEIP) solicitó modificar el listado de la resolución exenta Nº 8.311, de 2025, por diversas razones que afectan la asignación de tramos:
- 26 profesionales deben ser asignados a un tramo superior por la actualización de su experiencia profesional (bienios 2024 y 2025) y por asimilación al tramo avanzado.
- 12 profesionales deben ser reasignados porque sus tramos de procesos anteriores fueron superiores a los del proceso 2024, en virtud del artículo 19 F del Estatuto Docente, que impide retroceder de tramo.
- 26 profesionales se incorporan por un error de convocatoria del CPEIP en el proceso 2023, que afectó a 162 docentes convocados anticipadamente.
- 5 profesionales cuyos resultados del portafolio 2024 no pudieron validarse por fallas técnicas en las grabaciones originales.
- 3 profesionales con resultados válidos de instrumentos rendidos en 2022 y portafolio en 2024.
- 1 profesional cuyo recurso de reposición fue acogido mediante la resolución exenta Nº 9.960, de 2025.
- 1 profesional cuya información de selección del instrumento portafolio fue modificada.
Reliquidaciones y efectos salariales
El artículo segundo de la resolución ordena efectuar las reliquidaciones que correspondan considerando el nuevo tramo asignado a los docentes individualizados en el listado. Para ello se aplicarán las normas de prescripción del artículo 510 del Código del Trabajo, en virtud del artículo 71 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1996, del Ministerio de Educación.
La nómina actualizada consta en el archivo con firma electrónica avanzada denominado “Modificar18_Reconocimiento2024_20260312_Firmada”, que se entiende parte integrante del acto administrativo y se resguarda conforme a la ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada.
Comunicación a los docentes
El artículo quinto dispone que, al día hábil siguiente de la publicación en el Diario Oficial, se comunique individualmente a cada profesional de la educación, mediante la página web portaldocente.mineduc.cl, el tramo asignado y los años de experiencia profesional reconocidos expresados en bienios. En todo lo no modificado, continúa vigente la resolución exenta Nº 8.311, de 2025.
La medida corrige y actualiza la situación de decenas de docentes cuyos tramos no reflejaban su experiencia o resultados, con efectos directos sobre sus asignaciones salariales. Para los profesionales de la educación, la resolución implica la revisión de su tramo y, en su caso, el pago retroactivo de las diferencias, lo que refuerza la garantía de no retroceder de tramo y de reconocer la experiencia acreditada.
Fuente: Diario Oficial de la República de Chile, Núm. 44.534, 26 de agosto de 2026, sección II (Normas Particulares), pág. 1-5 (referencia oficial: CVE 2857234).