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관보 (Republic of Korea Official Gazette) · 02 Sep 2026 · 2 vistas

Corea del Sur presenta el decreto y la norma sobre la ruta de transporte marítimo ecológico

Por FactBox Admin

El Ministerio de Océanos y Pesca ha abierto una vista previa legislativa del decreto de aplicación y la norma de aplicación que implementarán la Ley Especial sobre el Apoyo al Establecimiento de Rutas de Navegación Ecológicas (Ley N.º 21513), publicada en la Gaceta Oficial de la República de Corea (Gwanbo) N.º 21313 del 2 de septiembre de 2026. Los dos avisos — 해양수산부공고 제2026-1285호 (decreto) y 해양수산부공고 제2026-1286호 (norma) — fueron emitidos por el Ministro de Océanos y Pesca en virtud del Artículo 41 de la Ley de Procedimientos Administrativos, aceptándose comentarios públicos hasta el 13 de octubre de 2026.

Esta medida responde al endurecimiento de las normas de reducción de gases de efecto invernadero para el transporte marítimo internacional de la Organización Marítima Internacional (OMI) y a la expansión global de los Corredores Marítimos Ecológicos. La ley habilitadora, promulgada el 31 de marzo de 2026, delega el contenido detallado del plan maestro de rutas ecológicas, la composición y operación de un consejo de apoyo, y la delegación de tareas relacionadas a la legislación subordinada.

Decreto: plan maestro, consejo de apoyo y delegación

El borrador del decreto de aplicación añade elementos al plan maestro de rutas ecológicas, incluyendo la cooperación internacional y la respuesta a los estándares internacionales, la recopilación, gestión y uso compartido de datos relacionados con las rutas, y el descubrimiento de rutas ecológicas preliminares y su conversión en rutas ecológicas completas (borrador del Artículo 2).

También establece las reglas de operación para el consejo de apoyo, cubriendo los mandatos de los miembros, el presidente interino, la composición regional equilibrada y las reuniones regionales (borrador del Artículo 3). Según el borrador del Artículo 4, el ministerio puede delegar la investigación, la gestión de la información, la formación profesional y el apoyo a la cooperación internacional a instituciones especializadas, con reglas sobre el alcance, la designación y la notificación pública de los organismos delegados.

Norma: buques ecológicos, puertos eco y designación de rutas

El borrador de la norma de aplicación define las categorías de buques ecológicos, cubriendo embarcaciones propulsadas por metanol, hidrógeno, amoníaco, biocombustible o combustible sintético renovable, buques propulsados por electricidad y pilas de combustible, buques híbridos, y cualquier buque que el ministro reconozca que tiene un rendimiento ambiental equivalente o superior (borrador del Artículo 2).

Asimismo, especifica los requisitos para los puertos respetuosos con el medio ambiente y los elementos que deben publicarse en la gaceta cuando se designe una ruta ecológica o una ruta ecológica preliminar:

  • Requisitos de eco-puertos (borrador del Artículo 3): puertos equipados con sistemas de suministro de combustible ecológico, o con sistemas de conexión eléctrica a tierra y otros sistemas de suministro eléctrico.
  • Aviso de designación de rutas (borrador del Artículo 4): nombre de la ruta, origen, destino y puertos de escala, así como el tipo de buque y la fuente de energía; el tipo de buque y la fuente de energía pueden omitirse para rutas preliminares, y los cambios o cancelaciones también deben publicarse en el boletín oficial.
  • Alcance del apoyo al combustible (borrador del Artículo 5): combustibles bajos y cero en carbono elegibles para el apoyo mediante memorandos de entendimiento.
  • Reuniones del Consejo (borrador del Artículo 6): convocatoria, quórum y votación, operaciones de la secretaría, y audiencias con partes interesadas y expertos.
  • Capacitación de la fuerza laboral (borrador del Artículo 7): programas internacionales de educación, capacitación e intercambio, y la creación de información y estadísticas sobre la fuerza laboral profesional.

Impacto en la industria naviera y portuaria

Los dos instrumentos brindan a los sectores marítimo y portuario un marco regulatorio concreto para la descarbonización, definiendo qué buques y puertos califican como “verdes” y cómo se designan, publican y apoyan las rutas. Los comentarios pueden enviarse en línea a través del Centro Nacional de Participación Legislativa o por escrito al Ministro de Océanos y Pesca; los detalles están disponibles en la División de Industria y Tecnología Marítima del ministerio (051-773-5835).


Fuente: Boletín Oficial de la República de Corea (Gwanbo), No. 21313, 2 de septiembre de 2026, sección de Anuncios (referencia oficial: 해양수산부공고 제2026-1285호 y 제2026-1286호).