BOP de Soria · 26 Aug 2026 · 3 vistas
Soria registra el nuevo convenio siderometalúrgico provincial 2026-2028
Por FactBox Admin

La Oficina Territorial de Trabajo de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria ha ordenado el registro y la publicación del Convenio Colectivo Provincial para el Sector Siderometalúrgico de la provincia de Soria 2026-2028, mediante resolución de 21 de agosto de 2026. El texto, suscrito el 15 de julio de 2026, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria número 99, de 26 de agosto de 2026, y regirá las condiciones laborales del sector del metal en toda la provincia.
El acuerdo fue negociado, de una parte, por UGT-FICA y la Federación de Industria de CCOO, en representación de los trabajadores, y, de otra, por FOES y las asociaciones empresariales del sector siderometalúrgico, en representación de la parte empresarial. La inscripción se realiza al amparo del artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Ámbito y vigencia
El convenio tiene una vigencia de tres años, con efectos desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2028, y se entenderá automáticamente denunciado al final de su período de vigencia. Su ámbito funcional abarca a todas las empresas del sector del metal de la provincia, incluidas la metalurgia, la siderurgia, la automoción, la industria aeroespacial, las energías renovables, la robótica, la domótica, las telecomunicaciones y los sistemas no tripulados o drones, entre otras actividades.
- Ámbito territorial: todas las empresas y centros de trabajo situados en la provincia de Soria.
- Ámbito personal: todo el personal contratado, cualquiera que sea su categoría profesional.
- Jornada anual: 1.742 horas en 2026 y 2027, y 1.740 horas en 2028.
Salarios y complementos
El convenio fija un incremento salarial del 3,5% para cada uno de los años 2026, 2027 y 2028 sobre las tablas del ejercicio anterior, con una cláusula de revisión que aplicará un incremento adicional si el IPC definitivo supera ese porcentaje. Las tablas salariales provisionales de 2026 figuran en el Anexo IV del texto, y los atrasos derivados de su aplicación desde enero deberán abonarse como máximo el 30 de septiembre de 2026.
- Plus de nocturnidad: 15 euros por jornada trabajada en 2026.
- Plus de turnicidad: 88,08 euros mensuales en 2026.
- Plus de productividad: 117,44 euros mensuales en 2026.
- Dieta completa: 69,18 euros; media dieta: 21,90 euros.
- Transporte: 0,26 euros por kilómetro recorrido.
Contratación y subrogación
El texto regula la subrogación en las labores de mantenimiento de instalaciones de administraciones públicas y en el sector eólico, de modo que la empresa entrante se subrogará en los contratos de los trabajadores de la empresa saliente vinculados a esas labores, siempre que hayan prestado servicios a la contrata durante al menos doce meses. Quedan excluidos de la subrogación los mandos superiores e intermedios.
En materia de contratación se remite al Estatuto de los Trabajadores y al IV Convenio colectivo estatal de la industria, las nuevas tecnologías y los servicios del sector del metal. El personal de empresas de trabajo temporal percibirá el 100% de los conceptos salariales del convenio, y no podrá destinarse a puestos clasificados de riesgo grave o muy grave. Los plazos de preaviso por cese voluntario son de 15 días para operarios y subalternos, un mes para personal administrativo y de oficio, y dos meses para el resto.
Relevancia del acuerdo
El convenio, que se aplica a miles de trabajadores del metal de la provincia, consolida un marco estable de tres años con subidas salariales garantizadas y protección frente a la inflación, además de reforzar la subrogación en los servicios de mantenimiento públicos y eólicos. Su publicación en el boletín oficial otorga eficacia normativa al acuerdo y obliga a todas las empresas del sector en Soria.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria, núm. 99, 26 de agosto de 2026, pág. 2945 (referencia oficial: BOPSO-99-26082026).