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BOP de Soria · 28 Aug 2026 · 8 vistas

Soria abre el plazo de los Planes Provinciales 2027-2028 para municipios

Por FactBox Admin

La Diputación Provincial de Soria ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria (número 100, de 28 de agosto de 2026, páginas 2988 a 2998) las bases reguladoras de la convocatoria de los Planes Provinciales de cooperación 2027-2028. El plazo para presentar solicitudes y documentación finaliza el 31 de octubre de 2026, y la convocatoria se difunde también en la Base Nacional de Subvenciones.

El objeto de la convocatoria es regular y promover la cooperación de la Diputación con los municipios y Entidades Locales Menores de la provincia para la ejecución de obras de competencia de los beneficiarios. El documento, firmado el 24 de agosto de 2026 por la Vicepresidenta 1ª, Mª José Jiménez Las Heras, lleva la referencia oficial BOPSO-100-28082026.

Beneficiarios y alcance

Podrán ser beneficiarios los municipios de la provincia de Soria con población inferior a 20.000 habitantes, así como las Entidades Locales Menores que ostenten las competencias delegadas. Excepcionalmente, se atenderán las solicitudes del Ayuntamiento de Soria para sus barrios de Las Casas, Oteruelos, Pedrajas y Toledillo.

  • Los ayuntamientos de menos de 100 habitantes solo podrán solicitar actuaciones cada dos años, acumulándose la subvención de cada anualidad.
  • Quienes tuvieran obra concedida en la convocatoria 2026-2027 no podrán solicitar en la presente.
  • Las Entidades Locales Menores sin competencia delegada deberán canalizar sus peticiones a través de sus respectivos ayuntamientos.

Criterios de reparto

La subvención mínima a asignar a cada ayuntamiento será la suma de una cantidad fija de 10.000,00 euros, más 6.000,00 euros por núcleo de población (barrios y/o Entidades Locales Menores, excluida la capitalidad) y 35,00 euros por habitante del municipio.

Para las Entidades Locales Menores, la cantidad fija será de 10.000,00 euros para las de más de 250 habitantes (con organización de Alcalde y cuatro vocales) y de 6.000,00 euros para el resto, más 35,00 euros por habitante. La obra mínima subvencionada será de 15.000,00 euros de presupuesto.

Obras subvencionables y aportación municipal

Se podrá solicitar la inclusión de obras de servicios mínimos de competencia municipal (ciclo hidráulico, cementerios, alumbrados públicos, pavimentaciones y accesos a núcleos), otros servicios municipales (casas consistoriales, centros socioculturales, instalaciones deportivas, rehabilitación de edificios para viviendas de alquiler, polígonos industriales, caminos rurales) y carreteras provinciales.

La aportación municipal actúa como requisito excluyente y varía según la tipología:

  • Carreteras: 20 % (máximo 100.000 € por solicitud, IVA incluido)
  • Ciclo hidráulico y polígonos industriales: 23 %
  • Sustitución de redes con pavimentación: 30 %
  • Cementerios, alumbrado, pavimentaciones y viviendas de alquiler: 40 %
  • Casas consistoriales, centros socioculturales, instalaciones deportivas y otras obras: 50 %

En pavimentaciones y edificios de conjuntos históricos catalogados BIC, la aportación municipal se reduce un 10 %.

Plazos y tramitación

Las solicitudes se presentarán por vía telemática a través de la aplicación Planes Provinciales del programa vClient, disponible en www.dipsoria.es. Las solicitudes fuera de plazo quedarán excluidas, y las que no reúnan la documentación dispondrán de diez días hábiles para subsanarla.

  • 31 de octubre de 2026: fin del plazo de solicitudes.
  • 30 de abril de 2027: solicitud para que contrate la Diputación.
  • 1 de agosto de 2027: presentación de proyectos para obras contratadas por la Diputación.
  • 1 de diciembre de 2027: acreditación de la adjudicación.
  • 1 de octubre de 2028: finalización de las obras.
  • 1 de noviembre de 2028: justificación de las obras.

La selección de proyectos y la aprobación del Plan corresponden al Pleno Provincial, que publicará la relación de beneficiarios en el BOP, con un plazo de diez días para alegaciones. La convocatoria afecta a todos los ayuntamientos de la provincia, por lo que constituye la principal vía de financiación de obras de cooperación local para el próximo bienio.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria, núm. 100, 28 de agosto de 2026, sección Administración Local, págs. 2988-2998 (referencia oficial: BOPSO-100-28082026).