Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · 23 Oct 2026 · 1 vistas
Somosierra declara Sitio Histórico el campo de batalla de 1808
Por FactBox Admin

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha declarado Bien de Interés Cultural, en la categoría de Sitio Histórico, el Campo de Batalla de Somosierra (30-XI-1808). La decisión se formaliza en el Decreto 88/2026, de 21 de octubre, que publica el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (B.O.C.M.) núm. 253, de 23 de octubre de 2026, en su sección I.C) Otras Disposiciones, con referencia BOCM-20261023-25. La norma surte efectos desde el día siguiente al de su publicación.
El decreto, impulsado por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se ampara en la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, y culmina un expediente incoado el 5 de noviembre de 2025 por resolución de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español. El texto justifica la protección porque la de Somosierra fue «una batalla decisiva de la Guerra de Independencia, única desarrollada en campo abierto en la Comunidad de Madrid y la única dirigida personalmente por Napoleón Bonaparte en España».
La tramitación incluyó la publicación en el B.O.C.M. el 19 de noviembre de 2025, que abrió un mes de información pública, y la notificación al Ayuntamiento de Somosierra para su exhibición en el tablón de anuncios. La Real Academia de la Historia emitió informe favorable el 23 de enero de 2026, mientras que la Universidad Autónoma de Madrid y la Universidad Complutense de Madrid no presentaron informe, por lo que se entienden favorables conforme al artículo 20.3 de la ley autonómica. El Pleno del Consejo Regional de Patrimonio Cultural dio su conformidad por mayoría el 20 de noviembre de 2025 y los diecinueve escritos de alegaciones recibidos fueron desestimados. El bien quedó anotado preventivamente con los códigos BI0032094 y RBIC-2025-000011.
Un perímetro de 2.800 metros entre dos carreteras
El área protegida es la franja comprendida entre los trazados de la actual carretera A-1 y la antigua carretera Madrid-Burgos en la vertiente norte del puerto, con una longitud de 2.800 metros y una anchura máxima de 260 metros. El collado del puerto se sitúa a 1.444 metros de altitud, entre el valle del Lozoya y el macizo de Ayllón.
La declaración enumera como partes integrantes:
- El propio campo de batalla, incluidos los restos del puente de piedra sobre el río Duratón.
- El fortín o reducto francés levantado por orden de Napoleón Bonaparte tras el combate, con dos plataformas escalonadas de unos 25 x 43 metros, un foso de unos 5 metros de ancho y una superficie aproximada de 3.000 metros cuadrados.
- La Ermita de Nuestra Señora de la Soledad, construida en 1654, de planta rectangular de 8 x 17 metros, integrada en el dispositivo defensivo español.
- Los bienes y restos arqueológicos presentes en superficie o en el subsuelo.
El entorno de protección se delimita al sur y sureste del polígono, en las zonas con potencialidad de albergar restos, y no se extiende al norte porque el término linda con la provincia de Segovia. Los materiales recuperados en las campañas de 1998 y 2000 se conservan en el Museo Arqueológico y Paleontológico de la Comunidad de Madrid, el Museo del Ejército y el Ayuntamiento de Somosierra.
Sin protección urbanística previa y con la ermita catalogada
El campo de batalla y el fortín carecen de protección urbanística: el suelo está calificado como no urbanizable de especial protección forestal y paisajística, terrenos baldíos o de uso agrario. Solo la ermita figuraba en el Catálogo de Bienes Protegidos de las Normas Subsidiarias de 1993 del municipio, con protección de grado 2, estructural.
Las condiciones de la declaración son de obligada observación para la entidad local y prevalecen sobre la normativa urbanística, que deberá ajustarse mediante las modificaciones oportunas, según el artículo 25 de la Ley 8/2023. Se consideran usos compatibles los que mantengan el carácter del lugar sin alterar su topografía ni su paisaje, y cualquier uso futuro quedará subordinado a no poner en peligro los valores protegidos.
El decreto describe un fortín colmatado en su totalidad y cubierto de maleza, con el talud norte dañado por escorrentías, y una ermita en buen estado aunque con humedades generalizadas en paredes y techo.
La carga polaca que abrió el camino a Madrid
El 30 de noviembre de 1808 el puerto de Somosierra enfrentó a unos 9.000 defensores españoles, en su mayoría sin experiencia y con escaso armamento, mandados por el general San Juan, con unos 400 jinetes, 200 artilleros y 16 piezas de artillería. Frente a ellos, la Grande Armée desplegó tres regimientos de infantería con más de 7.500 efectivos, 2.500 jinetes, cuatro escuadrones de caballería ligera polaca con 678 jinetes y dos divisiones de reserva con 10.000 hombres.
Hacia las once de la mañana, disipada la niebla, Napoleón Bonaparte ordenó la carga de la caballería polaca contra las baterías escalonadas en la ruta. La acción duró apenas unos minutos y decidió la batalla, pero de los algo más de 150 jinetes que la protagonizaron más de la mitad causaron baja. Madrid capituló el 14 de diciembre de 1808.
La declaración llega cuando se cumplen casi 218 años del combate y convierte a Somosierra en el primer escenario bélico de la región protegido con esta categoría, lo que obliga al Ayuntamiento a adaptar su planeamiento y limita cualquier intervención en el puerto. El expediente, tramitado bajo la referencia interna (03/17.131/26), abre además la vía a futuras excavaciones en un terreno que la Real Academia de la Historia considera bien conservado y «en buena parte libre de obstáculos» para su visita y comprensión.
Fuente: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, núm. 253, 23 de octubre de 2026, sección I.C) Otras Disposiciones, págs. 141-162 (referencia oficial: BOCM-20261023-25).
Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2026-10-23