FactBox.

Diario Oficial de la República de Chile · 03 Nov 2026 · 6 vistas

Servicio de Impuestos Internos fija exigencias a facturas y guías de despacho

Por FactBox Admin

Servicio de Impuestos Internos fija exigencias a facturas y guías de despacho

El Servicio de Impuestos Internos fijó nuevas exigencias sobre las facturas y guías de despacho que amparan el traslado de bienes corporales muebles y dejó sin efecto la resolución Ex. SII N° 154, de 2025. Lo hizo a través de la resolución exenta N° 144, del 23 de octubre de 2026, cuyo extracto se publicó este martes 3 de noviembre en el Diario Oficial de la República de Chile, Núm. 44.589, en la sección I de Normas Generales, con el identificador oficial CVE 2893180.

La disposición emana del Ministerio de Hacienda, por intermedio de la Dirección Nacional del Servicio de Impuestos Internos, y quedó suscrita por el director del servicio, Jorge Rodrigo Trujillo Puentes. El Diario Oficial inserta únicamente un extracto del acto administrativo: según el propio texto publicado, el contenido íntegro del documento está disponible en el sitio www.sii.cl, lo que obliga a las empresas interesadas a consultar la versión completa en la web del servicio antes de adecuar sus procedimientos.

El alcance de la norma es transversal. Afecta tanto a las empresas que trasladan mercadería como a los transportistas que ejecutan ese traslado, porque los documentos exigidos son precisamente los que acompañan la circulación de los bienes y que se exhiben ante la fiscalización. La derogación de la resolución Ex. SII N° 154, de 2025, implica además que el régimen anterior deja de estar vigente y que no coexisten dos marcos paralelos de exigencias documentales.

Los documentos que amparan el traslado

La resolución se refiere de manera conjunta a dos instrumentos:

  • las facturas, en su función de respaldo del traslado de bienes corporales muebles;
  • las guías de despacho, emitidas específicamente para acompañar el movimiento de mercadería.

El objeto declarado del acto es fijar las exigencias que deben cumplir ambos documentos cuando amparan el traslado de bienes corporales muebles. Es decir, el foco está puesto en la documentación que respalda la carga en movimiento y no en el resto de las obligaciones tributarias de las empresas.

Qué se deroga y qué se mantiene

La resolución exenta N° 144, del 23 de octubre de 2026, contiene una cláusula expresa de sustitución: deja sin efecto la resolución Ex. SII N° 154, de 2025.

  • Norma vigente: resolución exenta N° 144, del 23 de octubre de 2026.
  • Norma derogada: resolución Ex. SII N° 154, de 2025.
  • Ámbito material: facturas y guías de despacho que amparan el traslado de bienes corporales muebles.
  • Sujetos afectados: empresas que trasladan mercadería y sus transportistas.
  • Autoridad emisora: Dirección Nacional del Servicio de Impuestos Internos, Ministerio de Hacienda.

Publicación, firma y acceso al texto completo

El acto se publicó como extracto en la sección I del ejemplar Núm. 44.589 del Diario Oficial, correspondiente al martes 3 de noviembre de 2026, bajo el identificador CVE 2893180. El documento fue firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N° 19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada, verificable mediante el código impreso en el sitio del Diario Oficial. La firma del director Jorge Rodrigo Trujillo Puentes aparece al cierre del extracto, junto con la remisión expresa al texto íntegro publicado en www.sii.cl.

La relevancia práctica es inmediata para el sector del transporte de carga y para cualquier empresa que despache bienes: la derogación de la resolución Ex. SII N° 154, de 2025, obliga a revisar los instructivos internos de emisión y timbraje de guías de despacho y a confirmar, en el texto completo disponible en www.sii.cl, qué exigencias rigen ahora para los documentos que se exhiben en ruta. Quienes sigan operando con el esquema anterior quedan expuestos a observaciones en la fiscalización del traslado de mercadería.


Fuente: Diario Oficial de la República de Chile, Núm. 44.589, martes 3 de noviembre de 2026, sección I (Normas Generales), pág. 1 (referencia oficial: CVE 2893180).