Boletín Oficial del Registro Mercantil · 15 Sep 2026 · 1 vistas
Sensofar Medical segrega su rama de fabricación en una nueva sociedad
Por FactBox Admin

La Junta General Universal de socios de Sensofar Medical, S.L. y el socio único de Sensofar Medical Solutions, S.L. Sociedad Unipersonal aprobaron por unanimidad, el 8 de septiembre de 2026, la operación de segregación por la que la primera traspasa en bloque, por sucesión universal, una parte de su patrimonio a la sociedad beneficiaria. El acuerdo se hace público en la Sección Segunda (Anuncios y avisos legales) del Boletín Oficial del Registro Mercantil número 178, de 15 de septiembre de 2026, páginas 6206 y 6207, con referencia oficial BORME-C-2026-4984.
Qué se segrega
El patrimonio objeto de la operación está integrado por todos los activos y pasivos afectos a la actividad de fabricación, industrialización, comercialización y distribución de los productos y soluciones desarrollados por la sociedad segregada. Según el anuncio, esta parte del patrimonio constituye una unidad económica independiente, lo que permite su traspaso como un bloque unitario a la beneficiaria.
Marco legal y procedimiento
La operación se rige por el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, que regula las modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles. Se tramitó por el procedimiento simplificado previsto en el artículo 53.1 de la Ley, por remisión de los artículos 56.1 y 63, y del artículo 71.2, al tratarse de una segregación en la que la sociedad segregada es titular directa de todas las participaciones en que se divide el capital social de la beneficiaria.
- Proyecto común de segregación redactado y firmado por los órganos de administración el 31 de julio de 2026.
- Acuerdo adoptado en junta universal y por unanimidad de los socios.
- Conforme al artículo 9 de la Ley, no fue necesario publicar ni depositar previamente los documentos exigidos, ni aportar informes de los administradores sobre el proyecto.
Derechos de los acreedores
El anuncio hace constar expresamente, de acuerdo con el artículo 10 de la Ley, el derecho de los acreedores de las sociedades participantes a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de segregación. Asimismo, se recuerda la protección prevista en los artículos 13 y 14 de la Ley para los acreedores cuyos créditos hubieran nacido con anterioridad a la publicación y que aún no hubieran vencido.
Firmantes
El anuncio, fechado en Terrassa el 9 de septiembre de 2026, está firmado por Marc Canales Pallarès, consejero delegado de la sociedad segregada, y por Agustí Pintó Vilà, administrador único de la sociedad beneficiaria, en representación de la mercantil Sensofar Medical, S.L. (identificador A260039008-1).
La segregación supone una reestructuración relevante para el sector sanitario, al separar en una sociedad independiente la actividad industrial y comercial de una firma de soluciones médicas con sede en Terrassa. Para los acreedores y operadores del sector, la operación delimita con claridad qué patrimonio queda afecto a cada sociedad, reforzando la transparencia sobre la unidad económica que pasa a gestionar la nueva beneficiaria.
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil, núm. 178, 15 de septiembre de 2026, Sección Segunda (Anuncios y avisos legales), págs. 6206-6207 (referencia oficial: BORME-C-2026-4984).
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil · Boletín Oficial del Registro Mercantil de 2026-09-15