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BOP de Huesca · 26 Aug 2026 · 9 vistas

Sena aprueba una ordenanza contra el vandalismo en espacios públicos

Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Sena aprobó inicialmente, en sesión de 24 de agosto de 2026, la Ordenanza municipal reguladora del vandalismo en espacios públicos, un texto que tipifica las infracciones y sanciones por daños al mobiliario urbano y a los bienes de dominio público. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca número 162, de 26 de agosto de 2026, y queda sometido a información pública durante 30 días.

La norma, firmada por la alcaldesa Esther Soler Villa, se tramita al amparo de los artículos 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del Texto Refundido de Régimen Local, 140 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, y 130.2 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, aprobado por Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón.

Objeto y ámbito de aplicación

La ordenanza persigue dos objetivos prioritarios: prevenir las actuaciones que alteran la convivencia ciudadana y proteger los bienes públicos de titularidad municipal, así como las instalaciones y elementos que integran el patrimonio urbanístico y arquitectónico del término municipal. También tipifica las infracciones y sanciones derivadas de las actuaciones que, por acción u omisión, impidan o limiten el uso de bienes, espacios o servicios públicos u ocasionen daños sobre bienes de dominio público.

El ámbito de aplicación alcanza a los edificios públicos y sus dependencias, centros culturales o educativos, centros de salud, instalaciones deportivas y piscinas, el cementerio y las instalaciones provisionales o efímeras que se ejecuten con motivo de actos o festividades. La protección se extiende igualmente a los bienes de otras administraciones y entidades públicas o privadas que forman parte del mobiliario urbano, así como a las fachadas y elementos urbanísticos visibles desde la vía pública.

Responsabilidades y régimen sancionador

Serán responsables las personas físicas o jurídicas que causen daños en el dominio público municipal, con independencia de la reparación del daño y de la restitución de lo usurpado. Cuando el autor sea menor de edad o concurra causa de inimputabilidad, responderán los padres, tutores o quienes tengan la custodia legal, y si los actos se realizan en grupo sin poder probarse la autoría individual, todos responderán de forma solidaria.

Las infracciones se clasifican en tres grados, con las siguientes multas:

  • Muy graves: de 751 a 3.000 euros (vandalismo directo con mala fe y reincidencia, impedimento del uso de un espacio público o deterioro grave de instalaciones).
  • Graves: de 301 a 750 euros (grafitis, ensuciamiento, daños al mobiliario, consumo de alcohol en la vía pública o quemas agrícolas sin autorización).
  • Leves: de 60 a 300 euros (ruidos, depositar basura fuera de contenedores, bañarse en fuentes o tirar petardos en la vía).

El Ayuntamiento podrá sustituir la multa por sesiones formativas, participación en actividades cívicas u otros trabajos no retribuidos para la comunidad, como la limpieza de espacios públicos o la reparación de los daños causados. La imposición de sanciones será compatible con la reposición de la situación a su estado originario y la indemnización de los daños, cuyo importe, tasado por los servicios técnicos, deberá abonarse en un plazo no superior a treinta días naturales.

Tramitación y participación ciudadana

Durante el plazo de 30 días, contados desde el día siguiente a la inserción del anuncio en el boletín, cualquier persona interesada podrá examinar el texto en las dependencias municipales o en la sede electrónica del Ayuntamiento y presentar las alegaciones que estime oportunas. Si no se presentaran reclamaciones, el acuerdo se entenderá definitivamente aprobado.

La aprobación de esta ordenanza refuerza la capacidad del municipio para proteger su patrimonio frente a conductas antisociales que degradan la convivencia y deterioran la calidad de vida, dotando a la administración local de un instrumento claro para sancionar y reparar los daños sobre los bienes comunes.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, nº 162, 26 de agosto de 2026, Administración Local, pág. 50 (referencia oficial: BOPH-2026-162019).