Dziennik Ustaw · 25 Sep 2026 · 5 vistas
El Mariscal del Sejm publica el texto consolidado de la ley de ingresos de los gobiernos locales
Por FactBox Admin

El Presidente de la Cámara de Diputados (Marszałek Sejmu) de la República de Polonia, W. Czarzasty, ha anunciado el texto consolidado de la Ley del 1 de octubre de 2024 sobre los ingresos de las unidades de gobierno local, con el estado legal al 23 de agosto de 2026. El anuncio, con fecha de 1 de septiembre de 2026, fue publicado en el Dziennik Ustaw del 25 de septiembre de 2026 como Dz. U. 2026 poz. 1252.
El texto consolidado se emite en virtud del Artículo 16(1) de la Ley del 20 de julio de 2000 sobre la promulgación de actos normativos y ciertos otros actos legales (Dz. U. z 2019 r. poz. 1461 oraz z 2026 r. poz. 912). Consolida la Ley del 1 de octubre de 2024 (Dz. U. poz. 1572), que sustituyó el sistema de ingresos de 2003 para gminas, ciudades con derechos de powiat, powiaty y voivodatos, y derogó la Ley del 13 de noviembre de 2003 sobre los ingresos de las unidades de gobierno local.
Tres leyes modificatorias se incorporan al texto único:
- la Ley del 21 de noviembre de 2024 sobre soluciones especiales relacionadas con la eliminación de los efectos de las inundaciones y ciertos otros actos (Dz. U. poz. 1717);
- la Ley del 5 de noviembre de 2025 que modifica la Ley sobre los ingresos de las unidades de gobierno local (Dz. U. poz. 1659);
- la Ley del 11 de junio de 2026 que modifica ciertos actos para simplificar los procedimientos administrativos decididos mediante resolución o gestionados tácitamente (Dz. U. poz. 875).
Arquitectura de ingresos
El Artículo 3 enumera tres fuentes de ingresos del gobierno local: ingresos propios, la subvención general y subvenciones finalistas del presupuesto del Estado. Los ingresos propios incluyen expresamente las participaciones en el impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades, cuyas tasas se fijan en el Artículo 8:
- impuesto sobre la renta de las personas físicas: 7,0 % para una gmina, 8,6 % para una ciudad con derechos de powiat, 2,0 % para un powiat y 0,35 % para un voivodato;
- impuesto sobre sociedades: 1,6 % para una gmina, 2,2 % para una ciudad con derechos de powiat, 1,7 % para un powiat y 2,3 % para un voivodato.
El Artículo 23 define las necesidades financieras a financiar bajo la ley como la suma de las necesidades de ecualización, educativas, de desarrollo, ecológicas y complementarias. Las necesidades de ecualización surgen cuando el indicador de riqueza individual es igual o inferior al 100 % del indicador para la categoría de gminas, powiaty y voivodatos, y al 80 % para las ciudades con derechos de powiat.
Dinero y mecanismos
- Las necesidades de desarrollo equivalen al 23 % de los gastos inmobiliarios de una categoría determinada, divididos en una parte básica del 60 % y una parte de inversión del 40 %, con participaciones mínimas del 0,014 % para las gminas, 0,4 % para las ciudades con derechos de powiat, 0,14 % para los powiaty y 4,0 % para las voivodías.
- Las necesidades ecológicas se calculan a partir de una tasa base por hectárea de área legalmente protegida, ponderada en 2 para los parques nacionales, 1 para las reservas naturales, 0,6 para las zonas de protección del paisaje, 0,3 o 0,1 para los parques paisajísticos y las áreas de paisaje protegido, y 0,15 para los sitios Natura 2000.
- La reserva para complementar los ingresos de los gobiernos locales equivale al 1 % de las necesidades financieras de todas las unidades, incrementada en 700.000 mil PLN.
- Las participaciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas y la subvención general se pagan en doce cuotas mensuales antes del día 25 de cada mes; el impuesto sobre sociedades antes del día 5, a través del Naczelnik Pierwszego Urzędu Skarbowego w Bydgoszczy.
- Las gminas creadas por fusión reciben una participación adicional del impuesto sobre la renta de las personas físicas de 0,4 puntos porcentuales durante cinco años en virtud del Artículo 44.
- El związek metropolitalny w województwie śląskim posee una participación del 0,49 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas, con una parte fija de su contribución anual del 0,24 % para las gminas y 0,19 % para las ciudades con derechos de powiat.
Alcance, omisiones y plazos
El anuncio no incluye los Artículos 54–78 de la Ley de 2024, ni las disposiciones que modifican otros estatutos, las cuales se reproducen en el propio anuncio. El Capítulo 9a, “Disposiciones episódicas”, añadido por la enmienda de noviembre de 2025 en vigor desde el 29 de noviembre de 2025, establece las áreas de gasto, las ponderaciones y los coeficientes de regresión utilizados para calcular las cifras per cápita para 2026. Según el Artículo 116, las normas de ingresos se aplican primero a 2025; el Artículo 119 exigió que el ministro de finanzas informara sobre los efectos de la ley a la representación del gobierno local antes del 30 de junio de 2026; el Artículo 120 derogó la ley de 2003 y el Artículo 121 estableció la entrada en vigor.
Para las gminas, powiaty y voivodías, el anuncio es ahora el único punto de referencia para las normas de ingresos vigentes, desde las participaciones fiscales y los umbrales de ecualización hasta la reserva y los plazos de pago que configuran sus presupuestos anuales.
Fuente: Dziennik Ustaw, 2026 poz. 1252, 25 de septiembre de 2026 (referencia oficial: Dz. U. 2026 poz. 1252).