Boletín Oficial de Cantabria · 22 Sep 2026 · 3 vistas
Santander abre subvenciones de 50.000 euros para contratar personas con discapacidad
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Santander ha convocado subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro para la contratación de personas con discapacidad, dentro del programa Santander te Apoya correspondiente al ejercicio 2026. El acuerdo de la Junta de Gobierno Local se publica como extracto en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) núm. 182, de 22 de septiembre de 2026, con la referencia oficial CVE-2026-7284 y número de identificación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones 929769. La convocatoria se tramita en régimen de concurrencia competitiva y cuenta con un crédito total de 50.000,00 euros.
Objeto y beneficiarios
La finalidad de la ayuda es apoyar la contratación de personas con discapacidad reconocida de al menos el 33%, con el objetivo de mejorar su empleabilidad y su autonomía personal y económica mediante su incorporación a entidades sociales.
Podrán solicitar las subvenciones:
- Entidades sin ánimo de lucro constituidas formalmente.
- Aquellas que cumplan los requisitos de la Base Segunda de las bases reguladoras.
- Entidades cuyo objeto incluya la promoción laboral de personas con discapacidad.
Los puestos subvencionados deben corresponder a nuevos trabajadores que desarrollen su actividad laboral en el municipio de Santander, por un periodo de un año.
Cuantía, plazos y justificación
La convocatoria otorga hasta el 100% de lo solicitado, sin que ninguna entidad pueda superar los 15.000 euros de subvención. Las entidades que contraten personal por encima de ese límite deberán cofinanciar la diferencia.
El plazo de presentación de solicitudes permanece abierto durante todo el ejercicio. Las ayudas se conceden con la mera comprobación del cumplimiento de los requisitos, atendiendo a la prelación temporal de la solicitud y hasta el agotamiento del crédito presupuestario, conforme al artículo 12.2, párrafo segundo, de la Ordenanza.
Una vez notificada la concesión, la entidad dispone de un plazo máximo de dos meses para formalizar los contratos objeto de la subvención. El abono se realiza mediante pagos anticipados, modalidad sujeta a los límites de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. Finalizados los contratos, la justificación debe presentarse en un plazo máximo de dos meses, admitiéndose únicamente costes salariales y de seguridad social de los nuevos trabajadores, con excepción de las indemnizaciones.
Marco normativo y tramitación
El extracto se publica de conformidad con los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Las bases reguladoras de estas ayudas fueron aprobadas por la Junta de Gobierno Local el 23 de marzo de 2026 y publicadas en el BOC núm. 64, de 6 de abril de 2026. Los documentos que deben acompañar a la solicitud son los determinados en la Base Cuarta de dichas bases.
El acuerdo está firmado en Santander el 16 de septiembre de 2026 por la concejala delegada de Servicios Sociales, Familia, Salud, Autonomía Personal e Igualdad, Zulema Gancedo González.
Impacto para asociaciones y demandantes de empleo
La convocatoria ofrece a las asociaciones locales una vía estable de financiación para crear puestos de trabajo destinados a personas con discapacidad, con un trámite simplificado basado en la comprobación de requisitos y el orden de entrada de las solicitudes. Para los demandantes de empleo con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, el programa abre la puerta a contratos de un año en entidades sociales del municipio, siempre que el crédito de 50.000 euros no se agote antes.
Fuente: Boletín Oficial de Cantabria, núm. 182 de 22 de septiembre de 2026, sección I, págs. 46400-46401 (referencia oficial: CVE-2026-7284).