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BOP de León · 02 Sep 2026 · 1 vistas

Santa Olaja de Eslonza aprueba la tasa por el servicio de cementerio

Por FactBox Admin

La Junta Vecinal de Santa Olaja de Eslonza ha aprobado provisionalmente la ordenanza fiscal que establece la tasa por la prestación del servicio de cementerio público local en la localidad. El acuerdo se adoptó en sesión de la Junta Vecinal celebrada el 29 de agosto de 2026 y su anuncio se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de León número 167, de 2 de septiembre de 2026, con la referencia oficial BOP-LE-2026-167023.

Se trata de un nuevo tributo local que gravará la prestación del servicio funerario municipal, hasta ahora no regulado mediante tasa específica en esta entidad local menor. El texto íntegro de la ordenanza queda expuesto en el tablón de anuncios de la Entidad Local Menor para conocimiento de los vecinos.

Un nuevo tributo para el servicio funerario

La ordenanza se tramita al amparo del artículo 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Con su entrada en vigor, el uso y la prestación de los servicios del cementerio público de Santa Olaja de Eslonza quedarán sujetos al pago de la tasa correspondiente.

El acuerdo provisional, junto con el texto íntegro de la ordenanza, se ha hecho público en el tablón de anuncios de la entidad local menor, tal y como exige la normativa de régimen local para este tipo de tributos.

Plazo de alegaciones de 30 días

Desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el BOP de León, los interesados dispondrán de un plazo de 30 días hábiles para examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas ante la Junta Vecinal. Durante este periodo, los vecinos podrán:

  • Consultar el expediente y el texto íntegro de la ordenanza en el tablón de anuncios de la Entidad Local Menor.
  • Presentar por escrito las reclamaciones, sugerencias u observaciones que consideren convenientes ante la Junta Vecinal.

Aprobación automática si no hay reclamaciones

Finalizado el periodo de exposición pública, si no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo provisional. En ese caso, la ordenanza fiscal reguladora de la tasa quedará aprobada de forma automática, sin necesidad de adoptar un nuevo acuerdo.

El anuncio está firmado en Santa Olaja de Eslonza a 1 de septiembre de 2026 por el Alcalde Pedáneo, Emilio García Fernández.

La nueva tasa supondrá un cambio relevante para los vecinos de Santa Olaja de Eslonza, que a partir de su entrada en vigor deberán abonar el tributo por el uso del cementerio público local. La tramitación provisional abre ahora la ventana de participación ciudadana para que los afectados puedan alegar antes de que la ordenanza quede definitivamente aprobada.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de León, núm. 167, 2 de septiembre de 2026, pág. 32 (referencia oficial: BOP-LE-2026-167023).