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Registro Oficial del Ecuador · 29 Oct 2026 · 4 vistas

Santa Cruz actualiza la norma de uso del suelo de sus tres parroquias

Por FactBox Admin

Santa Cruz actualiza la norma de uso del suelo de sus tres parroquias

El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Santa Cruz expidió la Ordenanza 147-CC-GADMSC-2026, que regula el desarrollo sostenible y el ordenamiento territorial y reemplaza el marco de uso y ocupación del suelo urbano de Puerto Ayora, Bellavista y Santa Rosa. La norma consta en el Registro Oficial, Edición Especial Nº 1719, del jueves 29 de octubre de 2026, con 84 páginas, y rige desde su publicación en ese boletín, en la web municipal y en la gaceta oficial.

La ordenanza se formuló en cumplimiento de la Disposición Transitoria de la Ordenanza 130-CC-GADMSC-2024 y se articula con el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial 2023-2027 y el Plan de Uso y Gestión del Suelo (PUGS) 2020-2032, además del Plan Galápagos 2030. Su marco invoca el COOTAD, la LOOTUGS, la Ley Orgánica de Régimen Especial de la provincia de Galápagos y las resoluciones 009-CTUGS-2020 y 016-CTUGS-2024.

El Concejo Cantonal la aprobó en primer debate el 10 de abril de 2026 y en segundo debate el 24 de septiembre de 2026; la alcaldesa Fanny Uribe López la sancionó el 2 de octubre de 2026 y la secretaria de Concejo, Karla Tapia Sánchez, certificó el trámite.

Construcción: retiros, áreas verdes y habitabilidad

Las nuevas edificaciones residenciales, comerciales, turísticas o mixtas deberán incorporar áreas verdes en al menos el 10% del área total del predio, con prioridad para especies nativas. Las ventanas de iluminación y ventilación deberán sumar como mínimo el 20% del área del ambiente útil, y los vanos hacia linderos laterales o posteriores no podrán ubicarse a menos de 3 metros de la línea divisoria.

  • Ascensor obligatorio en edificaciones de cinco pisos o más, incluidos subsuelos, según las normas NTE INEN 3139 y 2299.
  • Letrero de obra visible de 1m x 1m con propietario, responsable técnico, número de permiso y plazo; en obras menores de 40 m² basta exhibir el permiso en fachada.
  • Notificación del inicio de obra con al menos cinco días de anticipación ante la Dirección de Urbanismo y Catastros.
  • Certificado de habitabilidad parcial desde el 80% de avance físico y definitivo al 100%.

En fraccionamientos y urbanizaciones, la cesión mínima de suelo para áreas verdes y equipamiento comunal será del 15% del área útil urbanizable, con al menos la mitad destinada a áreas verdes, y la entrega total no podrá exceder el 35%.

Turismo: permisos, buses y arrendamientos

El permiso de construcción, ampliación o remodelación de alojamientos turísticos exigirá un documento de la Autoridad Nacional de Turismo, conforme al artículo 14 del Reglamento de alojamiento turístico para Galápagos, y la edificación deberá ejecutarse al 100% y contar con certificado de habitabilidad. Los establecimientos que operen buses o busetas deberán disponer de estacionamiento interno; queda prohibido dejarlos en la vía pública, aceras o retiros frontales.

Si el predio no permite el estacionamiento, el propietario deberá presentar un contrato de arrendamiento legalizado por escritura pública, con vigencia mínima e ininterrumpida de cinco años, requisito para la licencia de funcionamiento y el certificado de habitabilidad. El registro de inquilinato ante la Unidad de Avalúos y Catastros exige IPRUS actualizado, escritura del inmueble y contrato, y el canon máximo se calculará con el avalúo catastral.

Incentivos y régimen sancionador

Las construcciones con sistemas sostenibles podrán acceder a la reducción del 50% del impuesto predial o del pago por permiso de construcción, y a reconocimiento público, en aplicación del artículo 498 del COOTAD. Se exige al menos uno de estos elementos en un mínimo del 50%: mampostería, revestimientos, cubierta, paneles solares fotovoltaicos, tratamiento de aguas lluvias y residuales o jardines permeables.

  • Infracción leve: 30% a 50% de un salario básico unificado y 40 horas de trabajo comunitario.
  • Infracción grave: un salario básico unificado y 80 horas de trabajo comunitario.
  • Infracción muy grave: dos salarios básicos unificados y 160 horas de trabajo comunitario.
  • Reincidencia: el doble de la multa; la demolición a costa del infractor se cobrará vía coactiva con 20% de recargo.

Plazos de implementación

La Unidad de Comunicación, con la Dirección de Urbanismo y Catastros, difundirá la norma en 30 días. Las construcciones en ejecución tendrán 60 días para adecuarse y notificar su cumplimiento, y en 180 días el Municipio deberá identificar las fajas de la zona urbana que requieran regularización.

La ordenanza deroga las normas 0054-CC-GADMSC-2016, 0075-CC-GADMSC-2018 y 084-CC-GADMSC-2019, sobre uso y ocupación del suelo urbano de las tres parroquias, además de la 0035-CC-GADMSC-2015 y el artículo 18 de la ordenanza de bienes inmuebles municipales.

El nuevo marco afecta directamente a propietarios, constructores y operadores turísticos del cantón que concentra los principales centros poblados de la isla Santa Cruz, donde la escasez de suelo urbanizable y la presión del alojamiento turístico conviven con las restricciones ambientales del régimen especial de Galápagos. Los incentivos tributarios y los plazos de transición serán los puntos de mayor atención para quienes tienen obras en curso.


Fuente: Registro Oficial, Edición Especial Nº 1719, 29 de octubre de 2026, pág. 1 (referencia oficial: Ordenanza Nº 147-CC-GADMSC-2026).