Butlletí Oficial de la Província de Barcelona · 02 Sep 2026 · 2 vistas
Sant Vicenç de Torelló convoca con urgencia la plaza de secretaría-intervención
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Sant Vicenç de Torelló ha aprobado las bases para proveer de forma no definitiva el puesto de trabajo de Secretaría-Intervención, clase tercera, subescala Secretaría-Intervención, con carácter urgente e inaplazable. La convocatoria se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB) del 2 de septiembre de 2026, con referencia oficial CVE 202610136927, y está firmada por el alcalde Enric Mayo Rodriguez el día 1 de septiembre de 2026.
La medida se fundamenta en el artículo 81.3 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en los artículos 49, 50 y 51 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, que regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional. Se trata de una plaza clave para el funcionamiento administrativo del municipio, reservada a funcionarios de la escala de Administración local con habilitación de carácter nacional.
Características del puesto de trabajo
El puesto convocado presenta las siguientes condiciones retributivas y de acceso:
- Grupo de acceso: Grupo A, Subgrupo A1.
- Nivel: 26.
- Complemento específico anual: 22.354,22 euros.
- Jornada: completa.
- Requisito: ser personal funcionario de carrera de la escala de Administración local con habilitación de carácter nacional.
Formas de ocupación y duración
La provisión se puede hacer por tres vías, con un orden de preferencia establecido por la normativa. El nombramiento provisional (artículo 49 del Real Decreto 128/2018) tiene preferencia sobre el resto de formas no definitivas; la comisión de servicios (artículo 51) se utiliza cuando se acredite la imposibilidad del nombramiento provisional; y la acumulación (artículo 50) queda como vía subsidiaria cuando no sea posible ninguna de las anteriores. En todos los casos, la ocupación finaliza cuando desaparezcan las circunstancias que motivaron su adopción.
Plazo y presentación de solicitudes
Las personas interesadas disponen de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el BOPB; si el último día es inhábil, el plazo se prolonga hasta el siguiente día hábil. En la solicitud se debe indicar la forma de ocupación a la que se opta, y se presentará preferentemente por vía telemática, aunque también se puede formalizar en el registro general del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios del artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Se debe adjuntar el certificado de servicios expedido por la Dirección General de Función Pública del Ministerio correspondiente o los certificados de servicios prestados y la documentación acreditativa de títulos y formación.
Valoración y adjudicación
Una vez finalizado el plazo, se emitirá un informe de idoneidad de cada aspirante, con una propuesta motivada que se elevará a la Alcaldía. El baremo de valoración incluye:
- Experiencia en lugares similares o iguales: hasta 10 puntos (1 punto por año completo en lugares equivalentes, máximo 5; y 0,5 puntos por año en lugares de TAG o TAE, máximo 5).
- Estudios y formación específica: hasta 3 puntos, con 1,5 puntos por posgrados de más de 200 horas, 1 punto por posgrados de menos de 200 horas, y hasta 2 puntos por formación en nuevas tecnologías e inteligencia artificial aplicada a la secretaría-intervención.
Se puede realizar una entrevista para verificar el perfil profesional de los candidatos. El anuncio se traslada al Col·legi de Secretaris, Interventors i Tresorers d’Administració Local de Catalunya (CSITAL) para que le dé publicidad durante el mismo término de cinco días hábiles.
La resolución agota la vía administrativa, de manera que las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sección Contenciosa Administrativa del Tribunal de instancia de Barcelona en el término de dos meses, o bien recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía en el término de un mes. La cobertura urgente de esta plaza garantiza la continuidad de las funciones de fe pública, asesoramiento legal y control económico-financiero del municipio, esenciales para el buen funcionamiento de la administración local.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Barcelona, núm. 2-9-2026, secció administració local, pàg. 1-4 (referencia oficial: CVE 202610136927).