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BOP de Girona · 22 Sep 2026 · 6 vistas

Sant Feliu de Pallerols traspasa al Servicio Catalán las sanciones de tráfico

Por FactBox Admin

Sant Feliu de Pallerols traspassa al Servei Català les sancions de trànsit

El Ayuntamiento de Sant Feliu de Pallerols y el Servei Català de Trànsit han firmado un convenio de colaboración por el cual el director de este organismo asume las facultades de denuncia y sanción por infracciones a las normas de circulación cometidas en vías urbanas del municipio. El texto se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona núm. 182, de 22 de septiembre de 2026, con el número de edicto 8069 y la referencia oficial BOP-2026_0_182_8069 (págs. 1-6). El acuerdo fue aprobado por el Pleno de la corporación el 21 de julio de 2026, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros.

El convenio se fundamenta en el artículo 11.4 de la Ley 14/1997, de 24 de diciembre, de creación del Servei Català de Trànsit, que permite al director o directora del organismo asumir la competencia sancionadora por infracciones en vías urbanas que corresponde a los alcaldes, siempre que haya un convenio suscrito con el ayuntamiento afectado. La publicación se realiza de conformidad con el artículo 110.2 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas.

El expediente municipal asociado es el X2026000577. La aprobación por el Pleno se amparó en el artículo 114.3.e) del Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el cual se aprueba el texto refundido de la ley municipal y de régimen local de Cataluña, y en el artículo 309.2 del Decreto 179/1995, de 13 de junio.

Los firmantes del texto son:

  • Ramon Lamiel Villaró, director del Servei Català de Trànsit, por autorización de firma de la consejera de Interior y presidenta del organismo, Núria Parlon i Gil (resolución de 11 de agosto de 2024).
  • Artur Colomer Buchner, alcalde de Sant Feliu de Pallerols.

Denuncia de los Mossos, instrucción en Girona y resolución del director

El procedimiento sancionador se iniciará como consecuencia de las denuncias de carácter obligatorio que formulen los agentes del cuerpo de Mossos d’Esquadra en funciones de vigilancia del tráfico contra infracciones cometidas en las vías urbanas del municipio. La instrucción de los expedientes corresponderá al Servei Territorial de Trànsit de Girona, de acuerdo con el artículo 12.1.e) del Decreto 53/2015, de 14 de abril, de reestructuración del Servei Català de Trànsit.

La resolución del expediente y, si procede, la imposición de la sanción recaerá en la persona que ocupa la dirección del Servei Català de Trànsit.

Cobro, recursos y comisión de seguimiento

El Servei Català de Trànsit gestionará e ingresará el cobro de las sanciones derivadas de estos expedientes y podrá exigir el importe por la vía de apremio. Contra las resoluciones sancionadoras se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que las dicta.

El convenio crea una comisión de seguimiento, vigilancia y control integrada por dos miembros designados por cada una de las partes. Se reunirá a petición de cualquiera de ellas y se encargará de resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que se planteen durante la vigencia del acuerdo; sus decisiones requieren la conformidad de las dos partes.

Cuatro años de vigencia, prorrogables

El convenio se extinguirá transcurridos cuatro años desde la firma, y las partes podrán acordar unánimemente una prórroga de hasta cuatro años adicionales. También se prevé la extinción por acuerdo unánime, por denuncia de una parte con tres meses de antelación, por decisión judicial declaratoria de nulidad o por incumplimiento de los pactos. El ayuntamiento se compromete a dar publicidad al contenido del convenio en el tablón de anuncios municipal.

La medida afecta directamente a los conductores que circulen por las vías urbanas de Sant Feliu de Pallerols: las multas dejan de resolverse en el ayuntamiento y pasan a tramitarse y cobrarse por el Servicio Catalán de Tránsito, con la instrucción a cargo del servicio territorial de Girona. El cambio también redefine la gestión municipal de la recaudación por sanciones de circulación durante los próximos cuatro años.


Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Girona, núm. 182, 22 de setembre de 2026, Administració local - Ajuntaments, pàg. 1-6 (referència oficial: BOP-2026_0_182_8069).