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BOP de Sevilla · 24 Aug 2026 · 6 vistas

Sanlúcar la Mayor somete su Plan de Vivienda a información pública

Por FactBox Admin

El Pleno de la Corporación del Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor, en sesión ordinaria celebrada el 29 de julio de 2026, aprobó inicialmente el Plan Municipal de Vivienda y Suelo de Sanlúcar la Mayor. El acuerdo se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, número 163, de lunes 24 de agosto de 2026, con referencia BOP-SE-2026-163017.

El expediente queda sometido a información pública y audiencia a los interesados por un plazo de veinte días hábiles para la presentación de reclamaciones y sugerencias. El anuncio se inserta en el Tablón de edictos de la Casa Consistorial, en el Tablón de Anuncios y Edictos de la Sede Electrónica Municipal, en el Portal de Transparencia y en el propio BOP.

Aprobación inicial y trámite de audiencia

El plan, que ordena la política municipal de vivienda y suelo, se aprueba inicialmente por el Pleno y entra ahora en fase de participación ciudadana. Durante el periodo de información pública, cualquier interesado podrá formular alegaciones al documento antes de su aprobación definitiva.

El texto íntegro del plan está disponible en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor, dentro del indicador de planes y programas anuales y plurianuales, así como en el enlace habilitado en la sede electrónica municipal.

Efectos de las alegaciones

La normativa establece un mecanismo automático de aprobación: si no se presentan reclamaciones o sugerencias durante el periodo de información pública, el plan se entenderá aprobado definitivamente. En caso contrario, las alegaciones deberán ser resueltas por el Pleno, que se pronunciará asimismo sobre la aprobación definitiva.

  • Plazo de alegaciones: veinte días hábiles desde la publicación.
  • Órgano decisor: Pleno de la Corporación.
  • Documento: Plan Municipal de Vivienda y Suelo de Sanlúcar la Mayor.

Firma y publicación

El anuncio aparece firmado por el Alcalde Accidental, Juan Salado Ríos, nombrado mediante la Resolución 970/2026, de 30 de julio, y se publica en la página 32 del boletín. El documento incorpora firma electrónica reconocida conforme a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza.

La aprobación de este plan resulta clave para la ordenación residencial del municipio y para el acceso a la vivienda de sus vecinos, al fijar los objetivos, actividades, medios y plazos previstos en materia de suelo y vivienda. La participación ciudadana en este trámite condiciona directamente el contenido final del documento que regirá el desarrollo urbanístico y residencial de Sanlúcar la Mayor en los próximos años.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, nº 163, lunes 24 de agosto de 2026, pág. 32 (referencia oficial: BOP-SE-2026-163017).