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Diario Oficial de Galicia · 22 Oct 2026 · 2 vistas

Sanidad abre expediente sancionador por falta de respeto al personal sanitario

Por FactBox Admin

Sanidade abre expediente sancionador por falta de respecto a persoal sanitario

El Departamento Territorial de Pontevedra, dependiente de la Consellería de Sanidade, notificó el acuerdo de inicio del expediente sancionador 20260200VS-PO contra la persona titular del NIF 36093490G por una supuesta infracción en materia sanitaria. El acuerdo fue dictado el 11 de septiembre de 2026 por la directora territorial, María Dolores Bazán Arcay, y se publica este jueves en el Diario Oficial de Galicia (DOG núm. 201, del 22 de octubre de 2026, pág. 53383), después de que no pudiese efectuarse la notificación personal. La sanción propuesta asciende a 300 euros.

El anuncio, firmado el 8 de octubre de 2026, explica que el intento de notificación conforme a los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no dio resultado, por lo que se acude a la notificación por medio de anuncio según el artículo 44 de la misma norma. La eficacia de la notificación queda supeditada a su publicación en el tablero de edictos único (TEU) del Boletín Oficial del Estado (BOE).

La misma edición del boletín recoge un anuncio gemelo, el del expediente 20260199VS-PO (pág. 53385), dictado el 9 de septiembre de 2026 contra el titular del NIF X05330664T, con última dirección conocida en Vigo e idéntica propuesta de sanción de 300 euros. Ambos responden al mismo tipo infractor y a la misma pauta de notificación edictal.

Una infracción leve por la falta de respeto

El anexo del anuncio concreta el hecho imputado: una supuesta infracción de lo previsto en el artículo 15 de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia, en la redacción dada por la Ley 3/2026, de 30 de marzo, por la que se establecen medidas de prevención y protección integral contra la violencia en el Sistema de salud de Galicia.

La conducta se tipifica como infracción administrativa leve en el artículo 41.ter, letra a), de la misma norma, que comprende:

  • La falta de respeto o el insulto a las autoridades sanitarias y a sus agentes.
  • La misma conducta contra las profesionales y los profesionales a los que se refiere el segundo párrafo del punto 23 del artículo 3.
  • La ruptura de la relación de confianza durante el ejercicio de sus funciones o con ocasión de estas, cuando no constituya una infracción grave o muy grave.

El precepto precisa que la tipificación se aplica «sin perjuicio de las consecuencias o efectos procedentes desde el punto de vista penal y deontológico».

Quince días hábiles para alegar

La persona afectada dispone de un plazo de 15 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio, para presentar alegaciones ante el departamento territorial, al amparo del artículo 76 de la Ley 39/2015. El escrito puede acompañarse de la consulta del expediente, que está depositado en las dependencias del departamento en Pontevedra.

El anuncio detalla estos extremos:

  • Lugar de consulta: Edificio Administrativo da Xunta de Galicia, avenida María Victoria Moreno, núm. 43, 1º piso, Pontevedra, con derecho a obtener copia del expediente según el artículo 53.1.a).
  • Último domicilio que consta en el anexo: lugar O Mosteiro, 46, 36842, Pazos de Borbén (Pontevedra).
  • Si no se presentan alegaciones, el acuerdo de inicio podrá considerarse propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso sobre la responsabilidad imputada, conforme al artículo 64.2.f).
  • Antes de la resolución del procedimiento, la persona interesada tiene derecho a las reducciones establecidas en el artículo 85 de la Ley 39/2015.

Apertura sin resolución firme

La publicación de anuncios de este tipo es la vía legalmente prevista cuando falla la notificación personal, de modo que el procedimiento no queda detenido. El texto deja claro que el acuerdo de inicio no es una sanción firme: abre la fase de instrucción y abre la primera oportunidad de defensa para la persona afectada.

La resolución que ponga fin al expediente 20260200VS-PO determinará si la multa de 300 euros se confirma o se modifica, una vez valoradas las alegaciones o transcurrido el plazo sin ellas.


Fuente: Diario Oficial de Galicia (DOG), núm. 201, 22 de octubre de 2026, sección VI. Anuncios, pág. 53383-53384 (referencia oficial: qx22j294-c4k1-t1j6-c4o7-b3ztlwtvmjw4).