FactBox.

Diari Oficial de la Generalitat Valenciana · 11 Sep 2026 · 3 vistas

Sanidad crea el Servicio de Atención Integrada y Coordinación Sociosanitaria

Por FactBox Admin

Sanidad crea el Servicio de Atención Integrada y Coordinación Sociosanitaria

La Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana ha aprobado la Orden 3/2026, de 9 de septiembre, que incorpora a la estructura de la Secretaría Autonómica de Sanidad el nuevo Servicio de Atención Integrada y Coordinación Sociosanitaria, configurado como la unidad administrativa responsable de la coordinación funcional de la atención sociosanitaria, la cronicidad, la fragilidad, los cuidados paliativos y los cuidados de larga duración. La norma, firmada por el conseller Marciano Gómez Gómez, se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 10449, de 11 de septiembre de 2026, y entra en vigor el día siguiente a su publicación.

La orden modifica la Orden 3/2025, de 4 de abril, que desarrolla el Decreto 22/2025, de 11 de febrero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Sanidad. Con ella se consolida institucionalmente el modelo valenciano de atención integrada, tras la trayectoria iniciada por la Oficina Autonómica de Coordinación e Integración Sociosanitaria, creada por resolución del conseller de 3 de octubre de 2023, que mantiene su naturaleza de órgano de impulso y coordinación estratégica.

Un nuevo marco normativo

La medida se enmarca en la reciente Ley 3/2026, de 29 de junio, de la Generalitat, de medidas urgentes frente a la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado. Su artículo 92 modifica el artículo 46 de la Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de Salud de la Comunitat Valenciana, reforzando la unidad e integración de la información sanitaria y social.

  • Se prevé, en colaboración con el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales, un sistema de integración de información destinado a crear un espacio sociosanitario electrónico para el intercambio seguro de datos entre profesionales sanitarios y sociales.
  • La disposición adicional primera de la Ley 3/2026 impulsa la coordinación y el apoyo tecnológico entre las consellerias de sanidad y servicios sociales para la valoración de la discapacidad, con modelos normalizados de informe médico y psicológico.
  • La disposición adicional cuarta habilita la comunicación de datos entre el Sistema Valenciano de Salud y el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales sin consentimiento de las personas afectadas, con medidas de seguridad, trazabilidad y cifrado.

Funciones del nuevo servicio

El Servicio de Atención Integrada y Coordinación Sociosanitaria asume un amplio catálogo de funciones, entre las que destacan:

  • Coordinar los servicios sanitarios y sociosanitarios y proponer la adecuación de los circuitos asistenciales.
  • Impulsar la integración funcional entre los sistemas sanitario y social y la continuidad asistencial centrada en la persona.
  • Desarrollar estrategias para la detección de pacientes crónicos complejos, personas en situación de fragilidad y pacientes con necesidades paliativas.
  • Coordinar modelos de atención integrada para personas con necesidades de cuidados de larga duración.
  • Impulsar el desarrollo del espacio sociosanitario electrónico y colaborar en los modelos normalizados de informes para la valoración de la discapacidad.
  • Proporcionar apoyo técnico y administrativo a la Oficina de Coordinación e Integración Sociosanitaria.

Sin coste adicional

La orden modifica los artículos 4, 5, 6 y 8 de la Orden 3/2025, reordenando las unidades administrativas dependientes de la Secretaría Autonómica de Sanidad y de las direcciones generales de Atención Primaria y Atención Hospitalaria. Según su disposición adicional única, la aplicación de la norma no supondrá incremento de gasto público, y será atendida con los medios personales y materiales existentes.

La entrada en vigor se produce el día siguiente al de su publicación en el boletín oficial, y quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a la orden. Con esta reforma, la Generalitat refuerza la capacidad operativa de la Administración sanitaria para responder a las necesidades derivadas del envejecimiento, la cronicidad y la dependencia, garantizando una atención integral y centrada en la persona.


Fuente: Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, núm. 10449, 11 de septiembre de 2026, sección I. Disposiciones Generales (referencia oficial: DOGV-C-2026-28684).