Diari Oficial de la Generalitat Valenciana · 06 Nov 2026 · 9 vistas
Sanidad concede 4,67 millones al Centro Príncipe Felipe para investigación biomédica
Por FactBox Admin
La Conselleria de Sanidad de la Generalitat ha concedido una subvención directa de carácter nominativo por 4.674.000 euros a la Fundación de la Comunitat Valenciana Centro de Investigación Príncipe Felipe (FCIPF) para colaborar en la financiación de su funcionamiento y de la promoción de la investigación en biomedicina durante la anualidad 2026. La concesión se formaliza mediante la Resolución de 15 de octubre de 2026, firmada por el conseller Marciano Gómez Gómez, y se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) núm. 10488, de 6 de noviembre de 2026, en la sección III (actos administrativos, subvenciones y becas), con referencia oficial DOGV-C-2026-34015.
La ayuda se ampara en el artículo 168.1.A) de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de hacienda pública y subvenciones de la Generalitat, que permite conceder de forma directa las subvenciones previstas nominativamente en la Ley de presupuestos, y en el artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. La dotación figura en la Ley 4/2026, de 22 de julio, de presupuestos de la Generalitat para 2026 (DOGV 10425, de 10 de agosto de 2026), en la aplicación presupuestaria G01100301, subprograma 411E00 «Investigación en Ciencias de la Salud», capítulo 4 y línea de subvención S0559. La línea está incluida en el Plan estratégico de subvenciones de la Conselleria de Sanidad 2024-2027.
La beneficiaria es una entidad privada sin ánimo de lucro con NIF G46923421 que no forma parte del sector público instrumental de la Generalitat. Sus estatutos le atribuyen el desarrollo de investigación de vanguardia en biomedicina, el apoyo técnico a la medicina asistencial y la función de centro motor para equipos de universidades, hospitales y el CSIC.
Cuatro programas transversales de investigación
La subvención se destina a personal, adquisición de bienes corrientes o servicios y gastos de actividades formativas o de difusión vinculados a los siguientes programas:
- Biología y terapias del cáncer: investigación multidisciplinar y traslacional sobre nuevas dianas terapéuticas, medicamentos innovadores, terapias avanzadas y biomarcadores diagnósticos, pronósticos y predictivos, alineada con la Misión del Cáncer de la Unión Europea.
- Patologías neuronales: investigación básica y traslacional sobre Parkinson, lesiones medulares, demencia, neurodegeneración retiniana y enfermedades neuromusculares raras.
- Trastornos metabólicos: estudio de los defectos moleculares y celulares que subyacen a los trastornos metabólicos crónicos y sus complicaciones.
- Programas transversales de apoyo: descubrimiento de fármacos y nanomedicina, ingeniería biomédica y terapia celular, unidad de modelos preclínicos y unidad de herramientas computacionales y ciencia de datos.
Pago anticipado en cuatro fracciones
El libramiento se efectúa de forma anticipada al 100 %, conforme al artículo 47.7.b de la ley de presupuestos autonómica, fraccionado en cuatro pagos del 25 % cada uno con periodicidad quincenal y con cierre en la primera quincena de diciembre de 2026. La fundación queda exenta de prestar garantías por tratarse de una subvención corriente y de capital del programa 411E00 destinada a I+D+i.
La gestión y control corresponde a la Dirección General de Investigación e Innovación, que emitirá la resolución de reconocimiento de obligación de cada fracción. Al superar el compromiso los 600.000 euros, la conselleria remitirá la resolución a la Sindicatura de Cuentas en los tres meses siguientes a su suscripción.
Justificación hasta enero y control del gasto
La justificación de los gastos tiene como fecha límite el 31 de enero de 2027 e incluye cuenta justificativa, nóminas y boletines de cotización, facturas y documentación de pago, así como una memoria científica con difusión, proyectos obtenidos y artículos publicados. No son subvencionables los intereses deudores, recargos y sanciones, los gastos judiciales, los de naturaleza inversora ni el material inventariable.
La ayuda es compatible con otras subvenciones siempre que no supere el coste de la actividad. Al tratarse de actividades primarias de carácter no económico, no requiere notificación a la Comisión Europea ni se le aplica el artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. El control se ajusta al plan aprobado por Resolución de 20 de marzo de 2026 (DOGV 10333, de 31 de marzo de 2026). Contra la resolución, que agota la vía administrativa, cabe reposición en un mes o recurso contencioso-administrativo en dos meses.
La aportación garantiza la continuidad de la plantilla investigadora y de las unidades de apoyo tecnológico del centro durante todo el ejercicio, en un contexto de dependencia de financiación pública para la investigación biomédica valenciana, y refuerza la posición del FCIPF como infraestructura de referencia para hospitales y universidades de la Comunitat.
Fuente: DOGV, núm. 10488, 6 de noviembre de 2026, sección III, págs. 1-6 (referencia oficial: DOGV-C-2026-34015).