Diari Oficial de la Generalitat Valenciana · 10 Sep 2026 · 1 vistas
Sanidad autoriza al Hospital de Torrevieja el implante de tejido óseo liofilizado
Por FactBox Admin

La Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana ha autorizado al Hospital Universitario de Torrevieja la implantación de tejido óseo liofilizado para traumatología, ampliando así la cartera de trasplantes del centro. La resolución, firmada el 11 de agosto de 2026 por la Subsecretaría, se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) número 10448, de 10 de septiembre de 2026, con referencia oficial DOGV-C-2026-27386.
La autorización, válida por un periodo de cuatro años, fue solicitada el 11 de mayo de 2026 por José Gabriel Cano Montoro. El director del Programa de Trasplantes de la Comunitat Valenciana informó favorablemente la petición, lo que permitió tramitar el expediente hasta su concesión.
Una autorización de cuatro años
El centro autorizado está situado en la carretera CV 95, San Miguel Salinas-Torrevieja, partida La Ceñuela, s/n, 03186 Torrevieja (Alicante). El responsable técnico de la actividad es Manuel Segura Trepichio.
La resolución habilita al hospital para la práctica de implante de tejido óseo liofilizado con fines de traumatología, una técnica que se enmarca dentro de las actividades de obtención, utilización clínica y coordinación territorial de tejidos humanos destinados al trasplante.
Marco normativo
La concesión se sustenta en un conjunto de disposiciones que regulan la autorización sanitaria de centros y las actividades de trasplante:
- Orden de 26 de febrero de 2008, del conseller de Sanidad, sobre autorización sanitaria de centros para extracción y trasplante de órganos, tejidos y células.
- Real Decreto 1723/2012, de 28 de diciembre, que regula la obtención, utilización clínica y coordinación territorial de órganos humanos.
- Real Decreto Ley 9/2014, de 4 de julio, sobre normas de calidad y seguridad para la donación y procesamiento de células y tejidos humanos.
- Decreto 157/2014, de 3 de octubre, del Consell, sobre autorizaciones sanitarias y registros de ordenación sanitaria.
- Orden 7/2017, de 28 de agosto, y Orden 3/2025, de 4 de abril, que desarrollan la normativa anterior.
Condiciones y requisitos
La autorización queda sujeta a una serie de obligaciones para el centro:
- Notificar a la subsecretaría cualquier modificación sustancial en las condiciones que motivaron la autorización.
- La revisión o revocación de la autorización si las modificaciones alteran sustancialmente las circunstancias que la justificaron.
- La caducidad de la autorización si no se presenta la solicitud de renovación antes de que termine el periodo de validez.
- El sometimiento del centro a la inspección y el control de la conselleria.
Recurso y vigencia
Contra la resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conseller de Sanidad en el plazo de un mes desde la notificación, conforme al artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. La resolución está firmada por Joaquín Alfonso Andani Cervera, subsecretario de Sanidad.
La medida consolida al Hospital Universitario de Torrevieja como centro habilitado para una actividad de trasplante de tejidos de creciente demanda en el ámbito traumatológico, dentro del programa de trasplantes de la Comunitat Valenciana.
Fuente: Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, núm. 10448, 10 de septiembre de 2026, sección III A) Autorizaciones y concesiones (referencia oficial: DOGV-C-2026-27386).