FactBox.

Diari Oficial de la Generalitat Valenciana · 26 Oct 2026 · 3 vistas

Sanidad amplía las ayudas para la adherencia a tratamientos médicos prescritos

Por FactBox Admin

Sanidad amplía las ayudas para la adherencia a tratamientos médicos prescritos

El Consell ha aprobado el Decreto 171/2026, de 23 de octubre, por el que se modifica el apartado segundo del Decreto 206/2025, de 26 de diciembre, que regula las subvenciones directas para facilitar la adherencia a los tratamientos médicos prescritos por facultativos del Sistema Público de Salud durante el ejercicio 2026. La norma se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 10479, de 26 de octubre de 2026, en la sección III (Actos administrativos), apartado B (Subvenciones y becas), con la referencia oficial DOGV-C-2026-33242.

Cinco líneas de subvención con nuevos importes máximos

El decreto sustituye íntegramente el apartado de financiación de la norma anterior y fija un importe total máximo para cada colectivo beneficiario, con cargo a los presupuestos de la Generalitat para 2026:

  • Personas pensionistas, línea de subvención S1080 «Ayudas al colectivo especialmente vulnerable; pensionistas»: 23.469.780 euros.
  • Personas con discapacidad, línea S1081 «Ayudas al colectivo especialmente vulnerable; discapacidad»: 6.519.200 euros.
  • Personas menores de edad, línea S1163 «Ayudas al colectivo especialmente vulnerable; menores de edad»: 5.717.990 euros.
  • Personas en situación de desempleo, línea S1050 «Ayudas al colectivo especialmente vulnerable; desempleados»: 15.454.880 euros.
  • Familias monoparentales, línea S1070 «Ayudas al colectivo especialmente vulnerable; familia monoparental»: 20.600 euros.

La suma de las cinco líneas alcanza un máximo de 51.182.450 euros. El texto no detalla en el decreto los importes vigentes hasta ahora, sino que justifica el incremento en la evolución de la demanda.

El aumento del coste por paciente y de la población cubierta

El preámbulo explica que la modificación responde al «aumento de necesidades de cobertura farmacológica» calculado a partir del coste medio por paciente subvencionado en 2026, así como al incremento del número de ciudadanos y ciudadanas susceptibles de recibir estas ayudas. A ello se suma, según el texto, la situación de ejecución presupuestaria, que aconseja reforzar las líneas para «atender debidamente las ayudas de estos colectivos señalados».

La norma se ampara en el artículo 168.1.C) de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector instrumental y subvenciones, que permite conceder de forma excepcional subvenciones cuando se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario que dificulten su convocatoria pública. El Consell subraya que se trata de colectivos especialmente vulnerables y que el objetivo es corregir desigualdades sanitarias y garantizar la igualdad de acceso a los servicios sanitarios públicos.

Financiación, efectos retroactivos y control de ayudas de Estado

Los fondos proceden de los presupuestos de la Generalitat para 2026, aprobados mediante la Ley 4/2026, de 22 de julio (DOGV 10425, de 10 de agosto de 2026), con cargo a la sección G0110, servicio G011002, centro gestor G01100200, subprograma 412B25, capítulo IV. La resolución queda condicionada a la existencia efectiva de crédito adecuado y suficiente.

El decreto produce efectos desde el día siguiente a su publicación y se aplicará tanto a los procedimientos que se inicien a partir de entonces como a los ya iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026. La norma no requiere notificación a la Comisión Europea, al no reunir los requisitos del apartado 1 del artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, por dirigirse a personas que no ejercen actividad económica; se ha cumplido además lo previsto en el Decreto 128/2017 sobre ayudas de Estado.

El texto está firmado en València el 23 de octubre de 2026 por el president de la Generalitat, Juan Francisco Pérez Llorca, y por el conseller de Sanidad, Marciano Gómez Gómez, y se dicta a propuesta de este último, en virtud del artículo 28.c) de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell.

Impacto para los pacientes

La actualización de las cuantías amplía el margen presupuestario de un programa que sufraga la medicación prescrita a quienes no pueden costearla, de modo que el refuerzo de las líneas más dotadas —pensionistas y desempleados— concentra la mayor parte del esfuerzo económico. Al aplicar los nuevos importes también a expedientes ya iniciados desde el 1 de enero de 2026, la medida alcanza a beneficiarios en tramitación y no solo a las solicitudes futuras.


Fuente: Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, núm. 10479, 26 de octubre de 2026, sección III, pág. 1-2 (referencia oficial: DOGV-C-2026-33242).