BOP de Badajoz · 24 Aug 2026 · 5 vistas
Sancti-Spiritus aprueba la ordenanza de tarjeta de estacionamiento para discapacidad
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Sancti-Spiritus (Badajoz) ha aprobado definitivamente la Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida y de la creación y reserva de plazas de aparcamiento en la vía pública. La decisión se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, número 161, de 24 de agosto de 2026, mediante el Anuncio 3333/2026, y la norma entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
La ordenanza fue aprobada inicialmente por el Pleno municipal en sesión ordinaria de 23 de diciembre de 2025. Transcurrido el período de información pública y audiencia a los interesados sin que se presentara reclamación o sugerencia alguna, el acuerdo se entiende adoptado definitivamente, conforme al artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Marco normativo
La nueva regulación adapta el municipio a la normativa estatal y autonómica vigente en materia de accesibilidad. Entre las referencias que cita el texto figuran:
- El Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre, que regula las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad.
- El Decreto 135/2018, de 1 de agosto, que aprueba el Reglamento de normas de accesibilidad universal en Extremadura.
- La Ley 11/2014, de 9 de diciembre, de accesibilidad universal de Extremadura.
- El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad.
La tarjeta, expedida por el Ayuntamiento de Sancti-Spiritus, habilita a sus titulares para ejercer los derechos previstos en la ordenanza y en la normativa citada, con validez en Extremadura, el resto del territorio español y los estados miembros de la Unión Europea.
Titulares, vigencia y derechos
Podrán ser titulares las personas empadronadas en el municipio con movilidad reducida o con agudeza visual igual o inferior a 0,1 en el mejor ojo, así como las personas físicas o jurídicas titulares de vehículos destinados al transporte colectivo de personas con discapacidad. La tarjeta se concede por periodos de cinco años, mientras que la modalidad provisional por razones humanitarias tiene una validez máxima de un año, prorrogable por otro igual.
Entre los derechos del titular destacan la reserva de plaza junto al domicilio o puesto de trabajo, estacionar en zonas de tiempo limitado y parar en zonas de carga y descarga hasta un máximo de una hora. La tarjeta es personal e intransferible y debe colocarse en el parabrisas de forma legible.
Plazas reservadas y régimen sancionador
La ordenanza fija la dotación de plazas de aparcamiento reservadas en la vía pública:
- Al menos el 2% de las plazas situadas en vías públicas y espacios públicos vinculados.
- Una plaza por cada cuarenta o fracción en los principales centros de actividad de los núcleos urbanos.
- Una plaza por cada veinte o fracción en las inmediaciones de centros sanitarios, asistenciales o de atención a la discapacidad.
Las plazas deberán tener una dimensión mínima de 5,00 metros de longitud por 2,20 de ancho, con zona de transferencia de 1,50 metros, y estarán señalizadas con el símbolo internacional de accesibilidad. El régimen sancionador distingue infracciones leves, con multas de hasta 100 euros; graves, de hasta 300 euros y retirada de la tarjeta por tres meses; y muy graves, de hasta 1.000 euros, con retirada de la tarjeta por un periodo de entre tres meses y dos años o su revocación indefinida.
La norma, firmada por el alcalde Manuel Moralo Castro, supone un paso relevante para garantizar la igualdad y la accesibilidad de las personas con discapacidad del municipio, al unificar en un único texto el régimen de la tarjeta y la reserva de plazas en la vía pública.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, nº 161, 24 de agosto de 2026, Administración Local, pág. 2-21 (referencia oficial: Anuncio 3333/2026).