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Diari Oficial de la Generalitat Valenciana · 31 Aug 2026 · 1 vistas

Sanción de 29.508 euros a Malvarruiz Soluciones Termosolares por riesgos laborales

Por FactBox Admin

La Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral de la Generalitat Valenciana ha ordenado dar publicidad a la sanción firme de 29.508,60 € impuesta a la empresa Malvarruiz Soluciones Termosolares, SL por una infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales. La resolución, firmada el 16 de julio de 2026 por la directora general Maria Lurueña Ruiz, se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) número 10440, de 31 de agosto de 2026, con referencia DOGV-C-2026-26665.

El procedimiento sancionador, con número de expediente 032023SAT000440, se inició mediante el acta de infracción número 32023000080637, levantada por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Alicante el 2 de mayo de 2023. La sanción adquirió firmeza el 20 de junio de 2026.

Marco normativo de la sanción

La publicación se realiza en cumplimiento del artículo 40.2 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social (TRLISOS), y del Real decreto 597/2007, de 4 de mayo, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en prevención de riesgos laborales. La competencia se ejerce conforme al artículo 8 del Decreto 57/2008, de 25 de abril, del Consell.

La infracción, tipificada como muy grave en el artículo 13.10 del TRLISOS, se refiere a la vulneración de las obligaciones de protección de la seguridad y salud de los trabajadores, con incumplimientos de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, del Estatuto de los Trabajadores y de los reglamentos de los servicios de prevención y de equipos de protección individual.

Datos de la empresa sancionada

  • Razón social: Malvarruiz Soluciones Termosolares, SL.
  • NIF: B98532666.
  • Domicilio social: c/ General Urrutia, 65, piso 5, pta. 33 – 46013 València.
  • Sector de actividad: otro comercio al por menor no realizado en establecimientos, puestos de venta ni mercadillos.
  • Sanción impuesta: 29.508,60 €.
  • Fecha del acta de infracción: 2 de mayo de 2023.
  • Fecha de firmeza: 20 de junio de 2026.

Plazos y efectos de la publicación

La resolución sancionadora firme puede ser impugnada ante los órganos judiciales del orden jurisdiccional social en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme a la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social. Además, según el artículo 4.2 del Real decreto 597/2007, los datos de la resolución sancionadora se cancelarán a los cinco años desde el día siguiente al de su publicación.

La publicidad obligatoria de las sanciones muy graves en prevención de riesgos laborales refuerza la transparencia y el efecto disuasorio del régimen sancionador, al tiempo que informa a trabajadores y operadores del sector sobre el incumplimiento constatado por la Inspección de Trabajo.


Fuente: Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, núm. 10440, 31 de agosto de 2026, sección III (C) Otros asuntos (referencia oficial: DOGV-C-2026-26665).