Boletín Oficial del Principado de Asturias · 01 Sep 2026 · 1 vistas
San Martín del Rey Aurelio aprueba la nueva tasa de entrada de vehículos
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio ha aprobado definitivamente la modificación de la ordenanza fiscal número 16, reguladora de la tasa por la entrada de vehículos a través de las aceras y las reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, carga o descarga de mercancías. El anuncio se publica en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) número 169, de 1 de septiembre de 2026, con el código 2026-07065.
El Pleno municipal, en sesión ordinaria celebrada el 28 de mayo de 2026, acordó la aprobación provisional de la modificación. Transcurrido el período de exposición pública del expediente sin que se presentaran reclamaciones, el acuerdo se entiende definitivamente adoptado, conforme a los artículos 17.3 y 17.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo), sin necesidad de nuevo acuerdo plenario.
Qué regula la nueva ordenanza
La norma establece el hecho imponible de la tasa sobre la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público municipal derivado de:
- La entrada y salida de vehículos a través de aceras o calzadas.
- La reserva de espacios en la vía pública para aparcamiento exclusivo.
- La reserva de espacios para carga y descarga de mercancías.
- La reserva de espacios para parada de vehículos.
Los hechos imponibles se producen tanto en vías con tráfico rodado como en espacios peatonales, incluso cuando el aprovechamiento se lleve a cabo sin la preceptiva autorización administrativa. Son sujetos pasivos las personas físicas y jurídicas, herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades sin personalidad jurídica, y actúan como sustitutos del contribuyente los propietarios de las fincas y locales a los que dan acceso las entradas de vehículos.
Tarifas por categorías de vía
Las cuotas se calculan sobre un valor unitario vinculado a la ocupación del dominio público, atendiendo a los metros lineales, la intensidad de uso, la localización y el tiempo de utilización. Las vías del municipio se clasifican en cuatro categorías fiscales recogidas en el anexo I de la ordenanza, y cuando el aprovechamiento afecta a varias vías se aplica la tarifa de la categoría superior.
- Vados permanentes en guarderías particulares: entre 107 y 644 euros por 5 metros lineales al año según categoría y número de plazas.
- Pasos en almacenes, comercios e industrias: de 189 a 885,50 euros anuales según intensidad de uso (baja, media, alta o muy alta).
- Vados en horario limitado: diurno al 60 %, nocturno al 75 % y laboral al 50 % de la cuota permanente.
- Reservas de espacio: entre 27,45 y 70,15 euros por metro lineal al año, con bonificaciones del 15 % para líneas de autobús y tarifa fija de 47,35 euros por vehículo para paradas de taxi.
La señalización de los aprovechamientos se ejecuta por los servicios municipales y su coste se repercute al titular como reintegro de costes, no como prestación tributaria.
Régimen de autorizaciones y control
Las autorizaciones se conceden de forma discrecional y motivada, atendiendo a la ordenación del tráfico, la seguridad vial y la accesibilidad. El Ayuntamiento podrá suspenderlas, revocarlas o adoptar medidas de ejecución material —como retirada de señalización o instalación de bolardos— ante usos indebidos o aprovechamientos sin título habilitante. Los aprovechamientos sin autorización obligan a reponer el dominio público en un plazo de quince días, sin perjuicio de la liquidación de las tasas devengadas.
La ordenanza deroga la anterior ordenanza fiscal número 16 y establece que las tarifas anteriores seguirán aplicándose hasta el 31 de diciembre de 2026. La norma entra en vigor el día de su publicación en el BOPA, si bien su régimen tarifario resultará de aplicación a partir del 1 de enero de 2027.
La nueva regulación afecta directamente a residentes, comercios e industrias del concejo, que deberán ajustar sus vados y reservas de espacio a las nuevas tarifas y a un régimen de control más estricto del dominio público. El texto, firmado por la Alcaldesa en funciones el 19 de agosto de 2026, introduce además una clasificación fiscal de todas las calles del municipio que determinará el importe de la tasa en cada caso.
Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias, núm. 169 de 1 de septiembre de 2026, IV. Administración Local, Ayuntamientos (referencia oficial: 2026-07065).