La Gaceta — Diario Oficial · 25 Sep 2026 · 5 vistas
Sala Constitucional anula tres incisos de la receta digital de antimicrobianos
Por FactBox Admin

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucionales los incisos l), m) y n) del artículo 13 del decreto ejecutivo Nº 44714-S, que regula el sistema de receta digital de medicamentos antimicrobianos sistémicos. La decisión consta en el Voto Nº 2026015323, dictado a las trece horas veinte minutos del 29 de abril de 2026 y reseñado en La Gaceta Nº 181 del viernes 25 de setiembre de 2026, con efectos declarativos y retroactivos.
El pronunciamiento resuelve la acción de inconstitucionalidad tramitada bajo el expediente 25-036310-0007-CO, promovida por Elliott Garita Jiménez, en su condición de presidente y representante legal del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, y por Delia Ribas Valdés, en su condición de presidenta y representante legal de la Asociación Cámara Costarricense de Médicos y Cirujanos.
Los accionantes impugnaron los artículos 11 y 13 incisos l), m) y n) del decreto ejecutivo Nº 44714-S del 18 de octubre de 2024, denominado “Reglamento de utilización y funcionamiento del sistema de receta digital y otros sistemas interoperables para la prescripción de medicamentos antimicrobianos sistémicos”. La norma regía la operación del sistema digital de prescripción de ese grupo de medicamentos en el país.
Qué resolvió la Sala
Por mayoría, el tribunal declaró parcialmente con lugar la acción y, en consecuencia, inconstitucional el artículo 13 incisos l), m) y n) del decreto ejecutivo Nº 44714-S. Respecto del artículo 11 del mismo reglamento, la acción se declaró sin lugar.
El fallo ordena reseñar el pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publicarlo íntegramente en el Boletín Judicial. La notificación se emitió en San José, el 02 de setiembre de 2026, y la reseña aparece firmada por Mariane Castro Villalobos, Secretaria a.í. de la Sala Constitucional.
Datos clave del pronunciamiento
- Expediente: 25-036310-0007-CO.
- Voto: Nº 2026015323, de las 13:20 del 29 de abril de 2026.
- Norma impugnada: artículos 11 y 13 incisos l), m) y n) del decreto ejecutivo Nº 44714-S del 18 de octubre de 2024.
- Resultado: inconstitucionalidad de los incisos l), m) y n) del artículo 13; sin lugar la acción contra el artículo 11.
- Efectos: declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de las normas anuladas, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe.
- Publicación: reseña en La Gaceta Nº 181 del 25 de setiembre de 2026, referencia IN202601125915.
Votos salvados
Los magistrados Cruz Castro y Rueda Leal, junto con la magistrada Hess Herrera, salvaron el voto y declararon sin lugar la acción en todos los extremos. Es decir, para esos tres integrantes del tribunal la totalidad de la impugnación debía rechazarse, incluidos los incisos del artículo 13 que la mayoría anuló.
Alcance de la anulación
La sentencia precisa que sus efectos son declarativos y retroactivos a la fecha en que entraron en vigencia las normas anuladas, con la salvedad de los derechos adquiridos de buena fe. La acción contra el artículo 11 del reglamento fue desestimada, de modo que esa disposición mantiene su vigencia.
El reglamento afectado regula la utilización y el funcionamiento del sistema de receta digital y de otros sistemas interoperables para prescribir medicamentos antimicrobianos sistémicos, por lo que la anulación incide directamente en las reglas de prescripción que aplican los profesionales en medicina y en la operación de las farmacias que despachan esas recetas.
La resolución se publica en la sección de reseñas de la Sala Constitucional de La Gaceta Nº 181, correspondiente al viernes 25 de setiembre de 2026, con la referencia oficial IN202601125915.
Fuente: La Gaceta, Nº 181 del viernes 25 de setiembre de 2026, Sala Constitucional (reseñas), pág. 61 (referencia oficial: IN202601125915).