BOP de Guadalajara · 28 Sep 2026 · 5 vistas
Sacedón aprueba bonificaciones de hasta el 75% en el impuesto de vehículos
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Sacedón ha aprobado definitivamente la modificación de su Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), que incorpora un nuevo artículo 5º de bonificaciones ambientales de hasta el 75%. El acuerdo fue adoptado por el Pleno de la Corporación el 22 de julio de 2026 y ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo. El texto íntegro se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, número 184, de 28 de septiembre de 2026, y entrará en vigor el 1 de enero de 2027.
La publicación se realiza a los efectos del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. El anuncio va firmado por el alcalde presidente, Francisco Pérez Torrecilla, en Sacedón, a 23 de septiembre de 2026.
La modificación consiste en la incorporación de un nuevo artículo al texto de la ordenanza, dedicado exclusivamente a las bonificaciones ambientales sobre la cuota actual del impuesto. La norma establece cuatro categorías de vehículos con porcentajes decrecientes según su tecnología y un régimen temporal que combina un periodo inicial de aplicación reforzada con una rebaja posterior de carácter indefinido mientras se mantenga la condición que da derecho a ella.
Bonificaciones por tipo de vehículo
- Vehículos eléctricos puros y de emisiones directas nulas: bonificación del 75% durante los primeros 5 años y, posteriormente, del 40% con carácter indefinido.
- Vehículos híbridos enchufables: bonificación del 60% durante los primeros 5 años y, después, del 30% con carácter indefinido.
- Vehículos híbridos no enchufables con distintivo ambiental ECO: bonificación del 50% durante los primeros 4 años y, posteriormente, del 25% con carácter indefinido.
- Vehículos propulsados por GLP o Gas Natural: bonificación del 40% durante los primeros 4 años y, después, del 20% con carácter indefinido.
Requisitos y control municipal
Las bonificaciones tendrán carácter rogado, es decir, no se aplicarán de oficio: deberán ser solicitadas por el titular del vehículo acompañando la documentación acreditativa correspondiente. Las rebajas surtirán efectos a partir del ejercicio siguiente al de su solicitud, de modo que las peticiones presentadas a lo largo de 2027 se reflejarán en el recibo de 2028.
El Ayuntamiento podrá comprobar en cualquier momento el mantenimiento de las condiciones que dan derecho a la bonificación, lo que permite revisar la situación de cada vehículo y retirar el beneficio si deja de cumplir los requisitos.
Entrada en vigor y vía de recurso
La modificación, una vez aprobada definitivamente y publicada íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia, entrará en vigor y será de aplicación el día 1 de enero de 2027, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresas.
Conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, en los términos del artículo 18 del mismo texto refundido y en la forma que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
El cambio afecta al recibo del impuesto de todos los propietarios de vehículos empadronados en el municipio, que a partir de 2027 verán cómo la cuota se ajusta según la tecnología de su vehículo, siempre que presenten la solicitud correspondiente. La medida busca incentivar la renovación del parque móvil hacia modelos de bajas o nulas emisiones mediante un ahorro fiscal que, en el caso de los eléctricos puros, alcanza el 75% de la cuota durante los cinco primeros años.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, nº 184, de 28 de septiembre de 2026, sección I (Ayuntamientos), Ayuntamiento de Sacedón (referencia oficial: 2026_2506).