BOP de Lleida · 26 Oct 2026 · 2 vistas
Rosselló somete a información pública la modificación de la ordenanza fiscal del agua
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Rosselló ha aprobado provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal número 9, que regula la prestación patrimonial pública no tributaria por la percepción del servicio de abastecimiento de agua potable. El Pleno municipal adoptó el acuerdo en la sesión ordinaria del 15 de octubre de 2026 y, a partir de ahora, el expediente queda sometido a información pública durante treinta días. El anuncio se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Lleida número 204, del 26 de octubre de 2026, con la referencia oficial BOP-2026_0_204_8899 (edicto 8899, pág. 1).
La norma afectada no es un impuesto, sino una prestación patrimonial de carácter público no tributario vinculada al servicio municipal de agua: es decir, la contraprestación que cobra el consistorio por suministrar agua potable a los hogares y actividades del municipio. La modificación aprobada afecta directamente a esta contraprestación y, por tanto, a la factura que pagan los vecinos, aunque el anuncio publicado no detalla los importes ni las tarifas concretas, que constan en el expediente municipal.
El trámite se enmarca en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que obliga a someter a exposición pública las modificaciones de ordenanzas fiscales antes de su aprobación definitiva.
Aprobación provisional y paso por la Comisión de Precios de Cataluña
El Pleno cerró la sesión del 15 de octubre de 2026 con dos mandatos concretos:
- La aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal número 9 relativa al servicio de abastecimiento de agua potable.
- El envío del acuerdo a la Comisión de Precios de Cataluña, el órgano que informa las propuestas de precios públicos y prestaciones patrimoniales de los entes locales.
El acuerdo no es aún definitivo. Se trata de una aprobación provisional que debe superar el trámite de exposición pública y, si procede, la resolución de las alegaciones presentadas.
Treinta días para examinar el expediente y presentar alegaciones
El plazo de información pública es de treinta días y comienza a contar desde el día siguiente a la inserción del anuncio en el boletín provincial, es decir, a partir del 27 de octubre de 2026. Durante este periodo, cualquier persona interesada puede consultar el expediente y formular las reclamaciones que considere oportunas.
Los canales habilitados son:
- Las dependencias municipales del Ayuntamiento de Rosselló, donde el expediente estará a disposición de los interesados.
- La sede electrónica del consistorio, rossello.eadministracio.cat, donde el documento también se puede consultar.
El anuncio fija expresamente el efecto del silencio administrativo: si una vez agotado el plazo no se ha presentado ninguna reclamación, el acuerdo se considerará aprobado definitivamente sin necesidad de ningún nuevo pronunciamiento del Pleno.
Un Pleno con más acuerdos económicos
La modificación de la ordenanza del agua no es el único asunto económico que el Pleno del 15 de octubre de 2026 finalizó. En la misma sesión se aprobó inicialmente el expediente de modificación de créditos número 8/2026 del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería.
Este otro expediente se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Lleida número 200, del 20 de octubre de 2026, con la referencia BOP-2026_0_200_8716, y tiene un plazo de exposición pública más corto, de quince días.
El documento de la ordenanza aparece firmado electrónicamente por Joan Andreu Urbano Fernández en fecha 23 de octubre de 2026, con el código de validación 53CESDNTMX2HEDZWZK3K7MFJH.
La modificación de la ordenanza número 9 es la pieza que más interesa a las economías domésticas del municipio, porque el recibo del agua es un gasto fijo de todos los hogares. El periodo de treinta días que se abre ahora es la única ventana formal para que los vecinos y las entidades locales aleguen contra el nuevo régimen de la prestación antes de que quede aprobado de manera definitiva.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Lleida, núm. 204, 26 d’octubre de 2026, Administració Local - Ajuntaments, pàg. 1 (referència oficial: BOP-2026_0_204_8899).