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BOP de Albacete · 14 Aug 2026 · 9 vistas

Robledo aprueba créditos extraordinarios de 20.000 euros para vivienda y agua

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Robledo ha aprobado definitivamente el expediente de modificación del presupuesto municipal número 2/2026, en la modalidad de créditos extraordinarios, por un importe global de 20.000 euros. El acuerdo se adoptó al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública y se publica este viernes 14 de agosto de 2026 en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete (anuncio número 21.798, página 18 del número 94).

La tramitación se ampara en el artículo 169.1, por remisión del 177.2, del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. La modificación crea tres créditos nuevos, todos ellos partidas que partían de saldo cero, y se financia íntegramente con recursos propios del ejercicio anterior.

Créditos de nueva creación

El expediente habilita tres aplicaciones presupuestarias con cargo a los siguientes importes:

  • 152-480 Ayudas en materias de vivienda: 12.000,00 euros.
  • 161-225 Canon autonómico del agua: 3.000,00 euros.
  • 920-227 Relación de puestos de trabajo: 5.000,00 euros.

El total asciende a 20.000,00 euros, cifra que coincide exactamente con el saldo definitivo que alcanza cada aplicación tras la ampliación. Las ayudas de vivienda absorben el 60 % del crédito, la relación de puestos de trabajo el 25 % y el canon del agua el 15 % restante.

Financiación con el remanente de tesorería

La modificación se financia con cargo a la partida 870.00 Remanente de Tesorería 2025, cuya previsión, también de 0,00 euros, aumenta en 20.000,00 euros hasta quedar fijada en el mismo importe. De este modo, el expediente no altera el equilibrio presupuestario del Consistorio, al compensar los nuevos gastos con el ahorro acumulado de ejercicios anteriores.

La financiación con remanente de tesorería permite afrontar los tres créditos sin recurrir a nuevas cargas fiscales ni a operaciones de endeudamiento para los vecinos del municipio.

Plazo de recurso

Contra el acuerdo cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción, conforme a lo previsto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. No obstante, en virtud del artículo 113.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, la interposición del recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acuerdo impugnado.

El anuncio aparece firmado por el alcalde, Fabio Garví Díaz.

Relevancia para los vecinos

Con esta aprobación definitiva, Robledo dispone desde ahora de consignación efectiva para atender las ayudas municipales de vivienda, hacer frente al canon autonómico del agua y sufragar los gastos derivados de la relación de puestos de trabajo, tres partidas que hasta hoy carecían de dotación presupuestaria. La publicación en el boletín provincial da firmeza al expediente y abre el plazo para que los interesados puedan impugnarlo ante la jurisdicción contencioso-administrativa.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Albacete, número 94, viernes 14 de agosto de 2026, Sección tercera. Administración Local, pág. 18 (referencia oficial: anuncio núm. 21.798).