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BOP de Badajoz · 28 Sep 2026 · 5 vistas

Ricardo Cabezas renuncia a su acta de diputado provincial en Badajoz

Por FactBox Admin

Ricardo Cabezas renuncia a su acta de diputado provincial en Badajoz

Ricardo Cabezas Martín ha renunciado a su acta de diputado provincial y al cargo de diputado delegado del Área funcional de Identidad Cultural, Deporte y Juventud, Bienestar Social y Cooperación Internacional de la Diputación de Badajoz. El escrito se presentó el 24 de septiembre de 2026, con número de registro de entrada 35735, y surte efectos desde esa misma fecha. La decisión se formaliza mediante resolución de la Presidencia publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 185, de 28 de septiembre de 2026 (anuncio 3745/2026).

La resolución la firma la presidenta de la institución provincial, Raquel del Puerto Carrasco, y se tramita a través del Área Funcional de Presidencia y Relaciones Institucionales y la Secretaría General. El anuncio ocupa la página 2 del boletín, dentro de la sección de Administración Local, Diputaciones.

Antecedentes: de la delegación de 2025 a la baja médica

Las competencias ahora revocadas habían sido delegadas en Ricardo Cabezas Martín por resolución de la Presidencia de 29 de octubre de 2025, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 206, suplemento I, de la misma fecha (anuncio 4610/2025). La delegación era de carácter genérico, a favor de un diputado componente de la Junta de Gobierno, y abarcaba la dirección y gestión de los servicios del área, incluidos los contratos menores de suministros, servicios y privados con valor estimado inferior a 3.000 euros (IVA no incluido), los procedimientos de subvenciones, los expedientes sancionadores y los actos de gestión económica.

El 21 de septiembre de 2026, mediante resolución de la Presidencia (expediente 2026/357/OTGES-OT), se declaró que desde el 18 de septiembre operaba la suplencia prevista en la resolución de 2025 por hallarse Ricardo Cabezas Martín en situación de baja médica. La totalidad de las competencias delegadas pasó entonces al vicepresidente primero, Juan María Delfa Cupido, con exclusión de las reservadas a la Presidencia.

Revocación de la delegación y fin de la suplencia

La resolución de 24 de septiembre acuerda:

  • Tomar conocimiento de la renuncia al cargo de diputado delegado y elevar al Pleno el escrito de renuncia a la condición de diputado provincial.
  • Revocar la delegación genérica conferida el 29 de octubre de 2025 sobre el Área funcional de Identidad Cultural, Deporte y Juventud, Bienestar Social y Cooperación Internacional.
  • Revocar el nombramiento de Ricardo Cabezas Martín como miembro de la Junta de Gobierno de la institución.
  • Devolver el ejercicio de las competencias revocadas a la Presidencia, sin perjuicio de una ulterior delegación.
  • Dejar sin efecto, en el ámbito material revocado, el régimen de suplencia acordado el 21 de septiembre de 2026.

Desde la efectividad de la resolución, Ricardo Cabezas Martín deja de ejercer facultades de dirección, gestión, firma o resolución en las materias afectadas, sin perjuicio de la validez de los actos dictados con anterioridad. La revocación se notifica al propio interesado, a Juan María Delfa Cupido, a la Secretaría General, a la Intervención Provincial, a la Tesorería, a los servicios administrativos afectados y a los portavoces de los grupos provinciales.

Expedientes abiertos y cobertura de la vacante

Los expedientes en tramitación seguirán siendo instruidos por las unidades administrativas competentes, pero corresponderá a la Presidencia dictar las resoluciones. La persona titular de la unidad responsable deberá elaborar, en un plazo máximo de cinco días hábiles, una relación de los expedientes pendientes con su estado de tramitación, unidad instructora, órgano competente y plazo máximo para resolver.

En cuanto al acta, la renuncia a la condición de diputado provincial debe formalizarse ante el Pleno, al que corresponde tomar conocimiento, declarar la vacante y remitir certificación a la Junta Electoral competente para su cobertura conforme al artículo 208 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General. La resolución se ampara en los artículos 34.1.a) y 34.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; los artículos 63 a 65, 114.3 y 120.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre; y los artículos 9.3 y 9.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición ante la Presidencia en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. La revocación se publica en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica provincial, y se dará cuenta de ella al Pleno y a la Junta de Gobierno en sus primeras sesiones posteriores.

La salida de Ricardo Cabezas Martín obliga a la Diputación de Badajoz a reorganizar un área que concentra cultura, deporte, juventud, bienestar social y cooperación internacional, y deja en manos de la Presidencia la firma de todos los expedientes abiertos hasta que se apruebe una nueva delegación. El relevo definitivo del acta dependerá del suplente que designe la Junta Electoral conforme al orden legalmente establecido.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, nº 185, 28 de septiembre de 2026, Administración Local, pág. 2 (referencia oficial: anuncio 3745/2026).