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BOP de Huesca · 29 Oct 2026 · 5 vistas

Ribagorza delega en su vicepresidente residuos, medio ambiente y desarrollo rural

Por FactBox Admin

Ribagorza delega en su vicepresidente residuos, medio ambiente y desarrollo rural

El presidente de la Comarca de Ribagorza, Roque Vicente Lanau, ha firmado el Decreto de Presidencia 1011/2026, de 27 de octubre, por el que se modifica el Decreto de Presidencia 786/2023 de delegación de atribuciones de la Presidencia y se reparten las presidencias de las comisiones informativas y nuevas áreas de gestión en el vicepresidente comarcal. La resolución se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca número 208, de 29 de octubre de 2026, dentro de la sección de Administración Local, con la referencia oficial BOPH-2026-208014.

El anuncio se inserta, según el propio texto, en cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. El decreto lleva fecha de 27 de octubre de 2026 y está firmado en Graus por el presidente de la institución comarcal.

No es la primera vez que la Presidencia ribagorzana utiliza este instrumento: en agosto de 2026, mediante el Decreto de Presidencia 813/2026, de 17 de agosto, se delegó la totalidad de las funciones de la Presidencia en el entonces vicepresidente primero, José Luis Lloret Sin, entre el 26 de agosto y el 6 de septiembre. En aquel caso se trataba de una delegación temporal por ausencia; ahora el decreto fija un reparto orgánico de áreas de gestión.

Un vicepresidente con cartera propia

El apartado segundo del decreto, en su punto E, confiere a favor del vicepresidente Eusebio Echart Ballarín las delegaciones correspondientes al área de Desarrollo y Medio Ambiente. El alcance de la delegación se detalla en el propio texto:

  • Gestión y seguimiento del Servicio de Recogida y Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos.
  • Gestión de servicios complementarios de esa materia, como puntos limpios y recogida de enseres.
  • Gestión de convenios en materia medioambiental.
  • Desarrollo de convenios de Desarrollo Rural Sostenible.
  • Otras actuaciones que fomenten el desarrollo de la comarca.
  • Gestión y seguimiento de los servicios de Protección Civil y vialidad invernal.
  • Cualquier otra materia directamente relacionada con las anteriores.

El bloque incluye, por tanto, servicios de alcance supramunicipal que afectan al conjunto de los municipios ribagorzanos, desde la recogida de residuos hasta la vialidad invernal, pasando por la protección civil y los convenios de desarrollo rural.

Presidencia de la comisión de Turismo, Desarrollo y Medio Ambiente

El apartado primero del Decreto de Presidencia 1011/2026 delega la Presidencia de las comisiones informativas señaladas en el acuerdo del Consejo Comarcal de 26 de julio de 2023. En concreto, se asigna la Comisión de Turismo, Desarrollo y Medio Ambiente a Eusebio Echart Ballarín.

El decreto precisa que los presidentes de comisión desempeñarán sus funciones en régimen de dedicación parcial, en los términos del citado acuerdo del Consejo Comarcal de 26 de julio de 2023. La coincidencia de la persona designada en la presidencia de la comisión y en la titularidad de las áreas delegadas concentra en un mismo cargo la dirección política y el seguimiento técnico de estas materias.

Plazos para recurrir

Al tratarse de una resolución que pone fin a la vía administrativa, el anuncio detalla las dos vías de impugnación disponibles. Los interesados pueden optar por:

  • Un recurso de reposición potestativo ante la Presidencia de la Comarca, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del anuncio, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Un recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Huesca, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

El texto advierte de que, si se opta por el recurso de reposición potestativo, no podrá interponerse el contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

El reparto de competencias tiene efecto directo sobre la gestión cotidiana de los servicios comarcales: la recogida y el tratamiento de residuos, los puntos limpios, los convenios ambientales y la vialidad invernal pasan a depender formalmente del vicepresidente, de modo que los municipios y los vecinos de la Ribagorza sabrán a partir de ahora ante quién dirigir sus solicitudes y reclamaciones en estas materias.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, nº 208, de 29 de octubre de 2026, Administración Local (Comarcas), págs. 21-22 (referencia oficial: BOPH-2026-208014).