BOP de Burgos · 13 Aug 2026 · 9 vistas
Revenga confirma el pago por generación en agua, depuración y residuos
Por FactBox Admin

El Comunero de Revenga ha aprobado en firme la ordenanza fiscal que introduce el pago por generación en las tasas de suministro de agua, depuración de aguas residuales y recogida de residuos sólidos urbanos, con una cuota variable ligada al consumo real. El acuerdo, elevado a definitivo al no haberse presentado reclamaciones ni alegaciones en el plazo de treinta días hábiles, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos número 152, de 13 de agosto de 2026, con referencia BOPBUR-2026-03329.
La ordenanza fue aprobada por el Pleno del comunero el 25 de marzo de 2026 y firmada el 28 de julio por el alcalde capitulante, José Luis Vázquez González. La entidad, que agrupa a los Ayuntamientos de Quintanar de la Sierra, Canicosa de la Sierra y Regumiel de la Sierra, presta estos servicios esenciales en la Sierra de la Demanda a un conjunto limitado de usuarios no residenciales: los arrendatarios de las Aulas de la Naturaleza, del bar-restaurante de la Casa de Revenga y, en su caso, de la Casa de la Madera cuando no sea gestionada directamente por una administración pública.
Un tributo con cuota fija y variable
El texto se ampara en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular, que obliga a las entidades locales a implantar sistemas de financiación basados en el pago por generación, y en el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), que habilita la exigencia de tasas por servicios de competencia local que beneficien de modo particular a los usuarios. La cuota tributaria se compone de dos elementos:
- Una parte fija anual, que cubre la disponibilidad del servicio e incluye un volumen básico de consumo o generación.
- Una parte variable, que grava el consumo o la generación real que exceda del volumen incluido.
Tarifas y devengo
En el suministro de agua, el exceso sobre el volumen incluido se tarifa a 0,75 euros por metro cúbico. La depuración de aguas residuales se estructura con una parte fija anual que incorpora un volumen equivalente, y la recogida de residuos sólidos urbanos se configura con una parte fija anual.
La tasa se devenga el 1 de enero de cada año o, si la actividad comienza con posterioridad, en el momento de su inicio. La gestión corresponde al comunero, la liquidación será anual y los consumos se determinarán mediante lectura de contadores o, en su defecto, estimación técnica; las bolsas o servicios adicionales se facturarán según el registro de la entidad.
Contadores a cargo del usuario
Todos los usuarios sujetos a la ordenanza deberán disponer de un contador homologado, instalado en condiciones que permitan su lectura, inspección y mantenimiento por parte del Comunero de Revenga. La instalación, sustitución, reparación o renovación corre por cuenta exclusiva del usuario e incluye:
- Mano de obra y materiales.
- Adecuación de la acometida.
- Protección frente a heladas, golpes o manipulaciones.
El comunero podrá exigir la sustitución del aparato ante averías, manipulaciones o falta de fiabilidad de la medición; en caso de avería o imposibilidad de lectura, el consumo se estimará según la media del mismo periodo del año anterior o, en su defecto, la de instalaciones similares. La falta de contador, su manipulación o la negativa a permitir la lectura se consideran infracción y pueden acarrear facturación por estimación al alza, suspensión temporal del suministro y las sanciones previstas en la ordenanza.
Exenciones y entrada en vigor
Quedan exentos la Casa de la Madera cuando sea gestionada directamente por una administración pública y las instalaciones sin consumo ni generación, como la ermita de Revenga; no se aplicarán otras exenciones salvo disposición legal expresa. La ordenanza entrará en vigor en el momento de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y será de aplicación a partir del mes de su publicación.
Con esta norma, el Comunero de Revenga traslada a los usuarios de sus equipamientos públicos en la Sierra de la Demanda el principio de que quien más consume o más residuos genera, más paga, dando cumplimiento a la agenda de economía circular. La medida sienta además un precedente de tarificación por generación en el ámbito local burgalés, aplicable por ahora a los arrendatarios no residenciales de estos servicios.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Burgos, núm. 152, 13 de agosto de 2026, III. Administración Local, págs. 42-45 (referencia oficial: BOPBUR-2026-03329).