Diario Oficial de Extremadura · 03 Nov 2026 · 10 vistas
Renovada la Junta Electoral de Extremadura con cuatro magistrados y tres juristas
Por FactBox Admin

El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha nombrado a los siete miembros de la Junta Electoral de Extremadura mediante el Decreto 175/2026, de 20 de octubre, publicado en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) número 211, de 3 de noviembre de 2026. La renovación se compone de cuatro vocales magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX) y tres juristas designados a propuesta de los grupos parlamentarios de la Asamblea de Extremadura. El decreto surte efectos desde el mismo día de su publicación en el boletín autonómico.
El marco legal del nombramiento
El procedimiento de designación se rige por el artículo 11 de la Ley 2/1987, de 16 de marzo, de Elecciones a la Asamblea de Extremadura, que atribuye al Consejo de Gobierno el nombramiento de los miembros mediante decreto. Según ese precepto, la Junta Electoral de Extremadura se compone de cuatro vocales magistrados del TSJEX, elegidos por sorteo ante el presidente del tribunal, y de tres vocales catedráticos o profesores titulares de Derecho o Ciencias Políticas en activo de la Universidad de Extremadura o juristas de reconocido prestigio.
La designación de los vocales judiciales ya fue efectuada por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, mientras que los vocales restantes fueron propuestos por los grupos parlamentarios. El Pleno de la Asamblea de Extremadura, con fecha 4 de junio de 2026, adoptó los acuerdos correspondientes y los remitió a la Junta de Extremadura a los efectos del artículo 11.1 de la ley electoral.
La coordinación de los procesos electorales autonómicos corresponde a la Consejería de Hacienda, Administración Pública y Diálogo Social, de acuerdo con el Decreto 18/2026, de 30 de abril, de estructura orgánica básica de la Administración autonómica, y el Decreto 106/2026, de 26 de mayo, de estructura orgánica de la consejería. El decreto fue propuesto por la consejera Elena Manzano Silva y deliberado por el Consejo de Gobierno en su sesión del 20 de octubre de 2026; lo firma la presidenta María Guardiola Martín.
Los cuatro vocales designados por el Tribunal Superior de Justicia
El artículo 1 del Decreto 175/2026, conforme al artículo 11.2.a) de la Ley 2/1987, nombra vocales a los siguientes magistrados:
- Antonio María González Floriano.
- Carmen Bravo Díaz.
- Pedro Manuel Izquierdo López-Cepero.
- Pilar Elena Sevilleja Luengo.
Los tres vocales designados por la Asamblea
El artículo 2 del decreto, en aplicación del artículo 11.2.b) de la ley electoral, nombra vocales a propuesta de los grupos parlamentarios de la Asamblea de Extremadura a:
- Francisco Lamoneda Díaz.
- Fernando Blanco Fernández.
- José María Sánchez Cordero.
Entrada en vigor
La disposición final única del Decreto 175/2026 establece que la norma surte efectos desde el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, es decir, el 3 de noviembre de 2026. No se prevé régimen transitorio alguno ni periodo de adaptación para los nuevos vocales.
El Decreto 175/2026 está firmado en Mérida el 20 de octubre de 2026 y consta como disposición general de la Consejería de Hacienda, Administración Pública y Diálogo Social en la Sección I del boletín, con la referencia oficial 2026040225.
La renovación llega con la Junta Electoral de Extremadura como pieza central de la organización de cualquier cita con las urnas en la comunidad: es el órgano que dirige y supervisa el proceso electoral autonómico, resuelve recursos y proclamas candidaturas y resultados. Con los siete vocales ya nombrados y en vigor, la Administración autonómica cubre el requisito previo para convocar y administrar elecciones a la Asamblea de Extremadura, de modo que el decreto tiene efecto directo sobre la seguridad jurídica de futuros comicios.
Fuente: Diario Oficial de Extremadura, número 211, de 3 de noviembre de 2026, Sección I (Disposiciones Generales) (referencia oficial: 2026040225).