Moniteur Belge · 15 Oct 2026 · 8 vistas
Recurso contra el decreto flamenco sobre las becas de estudio y la acogida extraescolar
Por FactBox Admin

El Tribunal Constitucional ha recibido un recurso de anulación y una solicitud de suspensión del decreto de la Comunidad Flamenca del 19 de junio de 2026 relativo a las becas de estudios en la enseñanza superior y a la acogida de niños en la región bilingüe de Bruselas-Capital. El aviso, prescrito por el artículo 74 de la ley especial del 6 de enero de 1989, se publica en el Moniteur belge del 15 de octubre de 2026 bajo la referencia C − 2026/007628 (p. 55449). El asunto está inscrito bajo el número 8758 del rol del Tribunal.
El recurso fue interpuesto mediante una solicitud presentada el 22 de septiembre de 2026 en la plataforma electrónica del Tribunal. Los recurrentes son la ASBL « Vlaamse Vereniging van Studenten », Talia Van Iseghem, Rizlain Ballahssane y Agnes Gruloos. El aviso está firmado por el secretario Frank Meersschaut.
El texto impugnado es el decreto del 19 de junio de 2026 «que modifica varios decretos relativos al ámbito político de la Enseñanza y la Formación, en lo que respecta a las becas de estudios en la enseñanza superior, así como a las guarderías y la acogida periescolar en la región bilingüe de Bruselas-Capital», publicado en el Moniteur belge del 26 de junio de 2026. El recurso versa tanto sobre el fondo como sobre una solicitud de suspensión, tramitada mediante un procedimiento acelerado.
Calendario fijado por el Tribunal
En aplicación del artículo 23 de la ley especial del 6 de enero de 1989 sobre el Tribunal Constitucional, la jurisdicción ha establecido los siguientes plazos:
- Audiencia dedicada a los debates sobre la solicitud de suspensión: 18 de noviembre de 2026 a las 15:30.
- Último día del plazo para la presentación de observaciones escritas relativas a la solicitud de suspensión: 10 de noviembre de 2026.
- Base procesal: artículo 23 de la ley especial del 6 de enero de 1989, siendo el aviso prescrito por el artículo 74 de la misma ley.
Quién puede intervenir y bajo qué modalidades
Cualquier persona que justifique un interés puede presentar observaciones escritas relativas a la solicitud de suspensión, en forma de escrito. Se prevén dos canales:
- La presentación en la plataforma eProConst, disponible en el sitio web del Tribunal.
- El envío por correo electrónico, con los anexos correspondientes, a la dirección greffe@const-court.be.
Objeto del litigio
El decreto impugnado modifica varios decretos del ámbito político de la Enseñanza y la Formación. Afecta a dos materias distintas:
- Las becas de estudios en la enseñanza superior.
- Las guarderías y la acogida periescolar en la región bilingüe de Bruselas-Capital.
La publicación del aviso en el Moniteur belge abre la fase contradictoria ante el Tribunal Constitucional. Los terceros interesados disponen así de un plazo útil para manifestarse antes del examen de la solicitud de suspensión, cuyo resultado condiciona la aplicación del decreto durante el resto del procedimiento.
Para los estudiantes, las familias y los operadores de la acogida extraescolar afectados, la audiencia del 18 de noviembre de 2026 constituye la próxima cita decisiva: es en esta fecha cuando el Tribunal examinará si procede suspender el decreto flamenco del 19 de junio de 2026 a la espera de su decisión sobre el recurso de anulación.
Moniteur belge del 15 de octubre de 2026, aviso oficial del Tribunal Constitucional, ref. C − 2026/007628, p. 55449-55450.