BOP de Granada · 02 Sep 2026 · 1 vistas
Purullena delega en la Diputación la recogida de residuos municipales
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Purullena ha aprobado por unanimidad delegar en la Diputación Provincial de Granada la prestación del servicio público esencial de recogida y transporte de residuos municipales, en la modalidad de recogida separada (opción B). El acuerdo, firmado por el alcalde José Luis Martínez Alcalde, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada número 169, de 2 de septiembre de 2026, con referencia BOP-GRA-2026-169011.
La delegación se enmarca en el acuerdo plenario de la Diputación Provincial de Granada de 25 de septiembre de 2025, que dispuso la coordinación del servicio de recogida de residuos sólidos municipales, y en la Ordenanza Reguladora de la Prestación del Servicio de Recogida de Residuos Municipales, publicada en el BOP nº 198 de 17/10/2025. Su artículo 1.1 establece que la Diputación coordina la prestación del servicio en los municipios que lo soliciten mediante delegación competencial, que incluye no solo la prestación material sino también las facultades de regulación, ordenación, gestión y sancionadora.
Un acuerdo que se corrige y se revalida
El acuerdo no es nuevo: fue aprobado inicialmente en el pleno extraordinario de 29 de enero de 2026 y publicado en el BOP nº 65 de 8 de abril de 2026. Detectado un error, se volvió a aprobar el 22 de abril de 2026 y se publicó en el BOP nº 96 de 21 de mayo de 2026.
Posteriormente, con entrada E-RC-1269 de 8 de julio de 2026, la Diputación Provincial de Granada comunicó que la inclusión simultánea de las modalidades B y C de prestación del servicio es incompatible, por lo que exigió un nuevo acuerdo plenario que determinara de forma expresa y unívoca la modalidad elegida. El Pleno de Purullena optó por la opción B, ajustándose al modelo aprobado por la Junta de Gobierno de la Diputación.
La opción B: recogida separada
La delegación se refiere a la opción B de la cláusula cuarta, conforme al artículo 11 de la Ordenanza Reguladora, que recoge los tipos de servicios. Con ella, la Diputación Provincial de Granada ejercerá las competencias de prestación del servicio con vigencia temporal indefinida, una vez culminados los expedientes necesarios, especialmente el de contratación del servicio.
La delegación confiere a la Diputación las potestades inherentes al servicio público:
- Potestades reglamentarias y de autoorganización.
- Potestad de programación o planificación.
- Potestades expropiatorias y de investigación, deslinde y recuperación de oficio de sus bienes.
- Presunción de legitimidad y ejecutividad de sus actos.
Coste efectivo y tasa específica
Conforme al artículo 26.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Diputación repercutirá al Ayuntamiento el coste efectivo del servicio en función de su uso. El coste se determinará trimestralmente por el Servicio Provincial de Recogida de Residuos, multiplicando las toneladas recogidas por el coste de cada tonelada, con regularización posterior.
El Ayuntamiento recaudará la tasa, sin perjuicio de la posible delegación recaudatoria en el Servicio Provincial Tributario, y abonará a la Diputación el importe íntegro de las liquidaciones. Además, conforme al artículo 11.3 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, Purullena se obliga a mantener en vigor una tasa específica, diferenciada y no deficitaria, que permita implantar sistemas de pago por generación e incluya el coste real de las operaciones de recogida y transporte.
Vigencia y revocación
El acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada. El Ayuntamiento solo podrá revocar la delegación si justifica ante la Diputación que puede prestar el servicio con un coste efectivo menor, debiendo resarcir los gastos ocasionados, incluidas las indemnizaciones al contratista.
La delegación supone un cambio relevante para los vecinos de Purullena, que verán gestionada la recogida de sus residuos por el servicio provincial y una tasa de basura ajustada al coste real del servicio, en línea con la normativa de economía circular.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada, nº 169, 2 de septiembre de 2026, Administración Local, pág. 48 (referencia oficial: BOP-GRA-2026-169011).