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BOP de Cádiz · 20 Oct 2026 · 1 vistas

Puerto Real podrá retirar honores franquistas con dos tercios del Pleno

Por FactBox Admin

Puerto Real podrá retirar honores franquistas con dos tercios del Pleno

El Ayuntamiento de Puerto Real ha aprobado definitivamente la modificación puntual del artículo 17 de su Reglamento de Honores y Distinciones, que permitirá revocar distinciones y honores incompatibles con la legislación de memoria democrática. El acuerdo plenario quedó elevado a definitivo al no presentarse alegaciones durante el periodo de información pública y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 202, de 20 de octubre de 2026 (anuncio Nº 338.767).

Un reglamento de 2010 desbordado por la ley

El texto vigente fue aprobado definitivamente por el Pleno el 8 de febrero de 2010 y regula las distinciones honoríficas municipales, el procedimiento de concesión, los derechos inherentes y las causas de pérdida. Su artículo 17 permitía retirar una distinción, pese a su carácter irrevocable, solo cuando la persona titular deviniera indigna de poseerla por causas que afectaran gravemente al honor, y exigía para ello votación secreta y unanimidad del Pleno.

El expediente, tramitado bajo el número 9913/2026, sostiene que ese reglamento es anterior a la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática y a la Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, que obligan a las administraciones a retirar los reconocimientos que supongan exaltación del Golpe de Estado de 1936, la Guerra de España y la Dictadura franquista. El silencio del reglamento sobre ese supuesto no puede interpretarse, según el acuerdo, como impedimento para cumplir la ley.

De la unanimidad a los dos tercios

El Pleno aprobó inicialmente la modificación el 30 de julio de 2026 (punto 8º del orden del día) con 14 votos a favor, de los grupos Confluencia de Izquierdas para la Gente, ADELANTE Andalucía y PSOE; 1 voto en contra, de VOX; y 4 abstenciones, de AxSÍ Andalucistas y PP. El dictamen favorable de la Comisión Informativa de Servicios se había emitido el 23 de julio, sobre la propuesta de resolución PR/2026/2388, de 11 de julio.

El nuevo artículo 17 mantiene el carácter reforzado de la mayoría, pero sustituye la unanimidad por el voto favorable de dos tercios del número legal de miembros de la Corporación, en votación secreta y previa instrucción de expediente administrativo. El acuerdo justifica el cambio en que la unanimidad se había concebido para expedientes de naturaleza honorífica o disciplinaria y se había convertido en un mecanismo de bloqueo incompatible con el cumplimiento de la ley.

Tres supuestos de revocación

La nueva redacción enumera las causas por las que podrán revocarse las distinciones y honores concedidos por el Ayuntamiento:

  • Cuando la persona física o jurídica, institución o entidad beneficiaria incurra en actuaciones que la hagan manifiestamente indigna de conservarlos o concurran causas que afecten gravemente al honor, al interés público o a los valores y principios democráticos.
  • Cuando su mantenimiento resulte contrario a la Ley 20/2022 de Memoria Democrática, a la Ley 2/2017 de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía o a las normas que las sustituyan o desarrollen.
  • Cuando así venga impuesta por una disposición con rango legal, por resolución judicial firme o por acto administrativo firme de la Administración competente.

Trámite, publicación y recursos

El expediente acumula el informe de la Jefa de la Unidad de Participación Ciudadana, Nuria Sanz Mateos, de 3 de julio de 2026, y el informe preceptivo de la Secretaría General Accidental de 10 de julio, que concluyó favorablemente sobre el cumplimiento de los trámites. El anuncio de información pública se publicó en el BOP núm. 159, de 19 de agosto de 2026, con un plazo de treinta días que transcurrió sin reclamaciones.

El acuerdo se remitirá a la Administración del Estado y a la Junta de Andalucía en el plazo de quince días y se publica íntegro conforme al artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Contra él cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación. Firman el anuncio la alcaldesa-presidenta, Aurora Salvador Colorado, y la secretaria general accidental, Yazmín Pérez Pedrianes, en Puerto Real, a 2 de octubre de 2026.

La modificación desbloquea la retirada de reconocimientos públicos ligados a la Dictadura en un municipio que hasta ahora exigía unanimidad para cualquier revocación, de modo que el cambio afecta tanto a las personas e instituciones ya homenajeadas como al régimen futuro de concesión de distinciones.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, núm. 202, de 20 de octubre de 2026, sección I, pág. 4 (referencia oficial: anuncio Nº 338.767).