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BOP de Cádiz · 21 Oct 2026 · 1 vistas

Puerto Real aprueba la ordenanza de playas: multas de hasta 3.000 euros

Por FactBox Admin

Puerto Real aprueba la ordenanza de playas: multas de hasta 3.000 euros

El Ayuntamiento de Puerto Real ha aprobado definitivamente la Ordenanza Municipal Reguladora del Uso, Seguridad, Protección Ambiental y Convivencia en las Playas, un texto que ordena la acampada y las autocaravanas, el balizamiento y los canales náuticos, la venta ambulante y un régimen sancionador de 100 a 3.000 euros. El edicto con el texto íntegro se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz número 203, de 21 de octubre de 2026 (págs. 8 a 23). La norma no entrará en vigor hasta que transcurran quince días hábiles desde esta publicación, conforme al artículo 65.2 de la Ley 7/1985.

El Pleno de la Corporación aprobó inicialmente la ordenanza el 30 de abril de 2026 y la sometió después a un periodo de información pública y audiencia de treinta días, anunciado en el BOP número 92, de 18 de mayo de 2026, y rectificado mediante anuncio en el número 104, de 3 de junio. Resueltas las alegaciones, el Pleno de 24 de septiembre de 2026 acordó la aprobación definitiva por 12 votos a favor —Confluencia de Izquierdas para la Gente, ADELANTE Andalucía y PSOE—, ningún voto en contra y 6 abstenciones —AxSÍ-Andalucistas, PP, VOX y la concejala no adscrita Garrido Rodríguez—. El edicto lo firman en Puerto Real, a 5 de octubre de 2026, la alcaldesa-presidenta Aurora Salvador Colorado y el secretario general accidental Sebastián Pizarro Colorado.

La propuesta partió del teniente de alcaldesa delegado de Infraestructura Verde y Azul, Antonio Gil Berrocal, con memoria justificativa de la técnica de Gestión de Medio Ambiente Rosario Málaga Quijada, de 15 de abril de 2026, e informe técnico-jurídico de 28 de agosto de 2026. El ámbito son las cinco playas incluidas en el Plan de Explotación de Playas, que cuenta con resolución autonómica favorable para la ocupación del dominio público marítimo-terrestre (expediente AUT01-24-CA-0005):

  • La Cachucha
  • La Media Luneta
  • La Ministra
  • El Conchal
  • Los Espigones

Acampada, autocaravanas y pernocta

La ordenanza prohíbe con carácter general la acampada y la pernocta directamente sobre playas, dunas y demás espacios del litoral, salvo autorización expresa. Sin embargo, establece que la mera presencia o descanso de personas en el interior de una autocaravana, caravana o vehículo acondicionado como vivienda correctamente estacionado en una vía o aparcamiento donde el estacionamiento esté permitido no constituye por sí sola acampada, siempre que la actividad no traslade al exterior mediante mobiliario, despliegue de elementos o vertidos.

El texto incorpora así la alegación de la Plataforma Estatal del Karavaning (P.E.K.A.), asociación con CIF G-93600005, presentada por Sara Fernández Pastor con registro de entrada 2026-E-RE-7174, de 30 de junio de 2026, estimada sustancialmente. En cambio, se desestima la pretensión de que el transcurso de 72 horas transforme automáticamente un estacionamiento reglamentario en acampada, por falta de base normativa. Las modificaciones afectan a los artículos 5.m), 27, 35, 66, 69, 71, 72 y 73.

Balizamiento, canales náuticos y usos prohibidos

El título dedicado al uso del mar fija dos canales náuticos en el municipio: el situado frente al Caño de Cortadura, entre La Ministra y El Conchal, y el de La Cachucha, este último también habilitado para la entrada y salida de practicantes de kitesurf, paddlesurf, windsurf y wingfoil. En el interior de los canales queda prohibido el baño, la permanencia y el varado, y las boyas de balizamiento no podrán usarse como punto de amarre.

En el ámbito del Parque Natural Bahía de Cádiz la navegación a motor no podrá superar los 3 nudos y queda totalmente prohibida la navegación con motos de agua. También se prohíben la venta ambulante y las actividades lucrativas sin autorización municipal, el consumo de bebidas en envases de vidrio en la arena, el fuego y las barbacoas entre el 1 de junio y el 15 de octubre —fuera de ese periodo solo en las zonas habilitadas junto al Río San Pedro, denominadas Batalla de El Trocadero y Defensa de las Libertades—, y se fijan límites acústicos de 70 dBA diurnos y 65 dBA vespertinos y nocturnos. La playa canina se delimitará cada temporada mediante decreto o bando municipal.

Multas de 100 a 3.000 euros

El régimen sancionador, reordenado para garantizar «coherencia interna, tipicidad y proporcionalidad», establece tres escalas:

  • Infracciones leves: multa de 100 a 750 euros.
  • Infracciones graves: multa de 751 a 1.500 euros.
  • Infracciones muy graves: multa de 1.501 a 3.000 euros.

Entre las conductas graves figuran la venta ambulante sin autorización, el estacionamiento o circulación de vehículos en la playa sin habilitación y las acampadas o pernoctas prohibidas con perturbación relevante. La reincidencia se aprecia en el plazo de un año y permite graduar la sanción al alza e imponer medidas accesorias. El reconocimiento de responsabilidad con pago voluntario reduce la multa en al menos el 20 %. Las infracciones leves prescriben al año, las graves a los dos años y las muy graves a los tres.

Contra el acuerdo cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación.

La ordenanza sustituye la ausencia de una regulación municipal «actualizada, sistemática y específica» en la materia y llega con la temporada de baño ya cerrada, de modo que su primer verano completo de aplicación será el de 2027. Afecta por igual a vecinos, turistas, titulares de servicios de temporada —hamacas, sombrillas, restauración, escuelas náuticas— y a los usuarios de autocaravanas, que a partir de ahora cuentan con un criterio claro que separa el estacionamiento reglamentario de la acampada, pero también con un catálogo de prohibiciones y multas más amplio en el litoral de Puerto Real.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, núm. 203, de 21 de octubre de 2026, Administración Local, págs. 8-23 (referencia oficial: edicto del Ayuntamiento de Puerto Real de aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal Reguladora del Uso, Seguridad, Protección Ambiental y Convivencia en las Playas del término municipal de Puerto Real).