BOP de Alicante · 06 Oct 2026 · 22 vistas
Publicado el convenio del saneamiento urbano de Petrer con alzas salariales hasta 2028
Por FactBox Admin

La Dirección Territorial de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad de Alicante ha dispuesto el registro oficial y la publicación del convenio colectivo de la empresa Fomento Benicasim S.A. para el centro de trabajo de saneamiento urbano de Petrer, con código de convenio 03004451012010. La resolución se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante nº 190, de 6 de octubre de 2026, sección II. Administración Autonómica, pág. 1 (referencia 7492/2026). El texto entra en vigor el mismo día de su publicación, aunque sus efectos económicos se retrotraen al 1 de enero de 2025.
Registro oficial y vigencia de cuatro años
El convenio fue remitido al Registro de Convenios de Alicante el 30 de julio de 2026, suscrito por la representación legal de la empresa y por los representantes de las personas trabajadoras. La resolución, firmada en Alicante el 30 de septiembre de 2026 por la directora territorial Cortes María Martínez de las Heras, ordena la inscripción en el registro, la notificación a la comisión negociadora y el depósito del texto original.
La competencia de la directora territorial deriva de los artículos 21 y 22.5 de la Orden 2/2026, de 12 de mayo, que desarrolla el Decreto 19/2026, de 13 de febrero, del Consell. Resultan de aplicación el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, y los artículos 3 y 4 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre. El control formal se ajustó a la Sentencia 461/2025, de 20 de mayo de 2025, de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.
El ámbito funcional abarca al personal adscrito a los servicios de limpieza pública viaria y recogida de residuos sólidos urbanos contratados con el Ayuntamiento de Petrer. La duración es de cuatro años, del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2028, con denuncia automática el 31 de octubre de 2028.
Subidas salariales y tablas 2025-2026
La cláusula adicional primera fija los incrementos pactados:
- 2025: 2,8%.
- 2026: 2,7%, más un 0,3% adicional para el personal de oficinas.
- 2027: 80% del IPC real de 2026, con mínimo del 1,7% y máximo del 4%.
- 2028: 80% del IPC real de 2027, con los mismos topes.
Los atrasos devengados se abonarán en los 30 días siguientes a la publicación en el boletín. Las tablas anexas recogen, entre otros valores, un salario base diario de 29,1803 euros para peón de limpieza día en 2025, que pasa a 29,9682 euros en 2026, y de 30,8518 a 31,6848 euros para conductor de limpieza día. En el grupo de técnicos, el titulado superior pasa de 1.758,5416 a 1.811,2978 euros mensuales.
Las horas extraordinarias de 2026 quedan en 12,00 euros la hora normal y 18,3807 euros la festiva para peón de limpieza viaria, y en 14,00 y 23,9842 euros para chófer de recogida. La jornada festiva completa de conductor de recogida se cifra en 156,1556 euros.
Jornada, vacaciones y complementos
La jornada anual se fija en 1.712 horas efectivas, equivalentes a 37,5 horas semanales, con un descanso de bocadillo de 30 minutos en jornada continuada de recogida y de 20 minutos en limpieza viaria. El servicio se presta de lunes a domingo todo el año mediante turnos rotatorios, con descansos de viernes a domingo para conductores de residuos, de jueves a domingo para peones y en sábado o domingo para limpieza viaria.
Las vacaciones son de 31 días naturales, con 21 días entre el 15 de junio y el 15 de septiembre. El convenio regula además:
- Licencia de 16 días por matrimonio y de tres días laborables por fallecimiento de parientes hasta segundo grado.
- Hasta 12 horas anuales para acompañar a familiares de primer grado a pruebas médicas.
- Complemento del 100% de la base reguladora en hospitalización, accidente laboral hasta cuatro meses y embarazo hasta catorce semanas.
- Indemnización de 20.000 euros por fallecimiento, gran invalidez o invalidez absoluta derivada de accidente laboral, y de 12.000 euros por incapacidad permanente total.
- Ayuda de estudios de 100 euros brutos anuales, abonada con la mensualidad de agosto.
Subrogación, igualdad y otras cláusulas
La cláusula quinta regula la subrogación del personal ante cambios de adjudicatario, con una antigüedad mínima de cuatro meses y la obligación de la entidad saliente de entregar la documentación en diez días hábiles. También se contempla la subrogación en caso de reversión del servicio a la administración.
El texto incorpora un plan de igualdad y medidas frente a la discriminación de las personas LGTBI, conforme a la Ley 4/2023, de 28 de febrero, y al Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre. Se crea una comisión paritaria de tres miembros por cada parte, que debe reunirse en quince días desde la solicitud y resolver en diez días. Además, el personal que trabaje en las limpiezas de choque de las fiestas de Moros y Cristianos de Petrer tendrá un día de descanso adicional en los quince días siguientes.
El convenio fue suscrito por el comité de empresa de UGT y CC.OO., reconocidos como interlocutores legitimados en sesión del 28 de mayo de 2025.
La publicación cierra un proceso de más de un año desde la firma y da cobertura formal a la plantilla del servicio municipal de limpieza y recogida de residuos de Petrer, que ya conoce las subidas aplicables hasta 2028 y el calendario de pago de los atrasos.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, nº 190 de 6 de octubre de 2026, II. Administración Autonómica, pág. 1 (referencia oficial: 7492/2026).