Diario Oficial de Galicia · 28 Oct 2026 · 2 vistas
Prorrogada hasta el 13 de noviembre la ejecución del Fondo Ambiental
Por FactBox Admin

La Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes amplía hasta el 13 de noviembre de 2026 el plazo para ejecutar los proyectos y presentar la cuenta justificativa de las subvenciones del Fondo de Compensación Ambiental correspondientes al ejercicio 2026. La prórroga se establece en la Orde do 19 de outubro de 2026, firmada por el consejero Diego Calvo Pouso y publicada en el Diario Oficial de Galicia (DOG) número 206, del 28 de octubre de 2026, dentro de la sección III, Otras disposiciones, en las páginas 53913 y 53914 (CVE-DOG 5qdudje9-g2g2-rjg5-yzt5-x5kogwqo3ke9). La medida alcanza a todas las entidades locales beneficiarias de las líneas convocadas este año.
La nueva disposición modifica el artículo 30.1 de la Orde do 16 de xaneiro de 2026, que reguló los criterios de reparto y fijó las bases reguladoras y la convocatoria de las subvenciones del fondo (DOG núm. 25, del 6 de febrero). Ese artículo establecía el 31 de octubre de 2026 como fecha límite para la realización y justificación de las actuaciones subvencionadas. Con el texto aprobado ahora, las entidades beneficiarias disponen de plazo «para ejecutar el proyecto subvencionado y presentar la cuenta justificativa hasta el 13 de noviembre de 2026».
El Fondo de Compensación Ambiental nace con la Lei 8/2009, do 22 de decembro, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el propio fondo. La convocatoria de 2026 se tramitó como expediente anticipado de gasto, conforme a la Orde da Consellería de Economía e Facenda del 11 de febrero de 1998 —modificada por las del 27 de noviembre de 2000 y del 25 de octubre de 2001— y al proyecto de ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para 2026, aprobado por el Consello da Xunta en su reunión del 17 de octubre de 2025.
Qué cambia y a quién afecta
- Fecha límite anterior: 31 de octubre de 2026.
- Nueva fecha límite: 13 de noviembre de 2026.
- Líneas subsidiadas: una en concurrencia no competitiva y otra en concurrencia competitiva.
- Modalidades de gestión: forma individual y sistema de gestión compartida.
- Procedimientos afectados: PR483A, PR483B, PR483C y PR483D.
- Destinatarias: entidades locales de Galicia.
Los motivos de la prórroga
La consellería justifica la ampliación en el número de proyectos subvencionados y en la complejidad del proceso de tramitación y de contratación en las entidades locales beneficiarias. La orden señala que las bases reguladoras no contienen ningún precepto en contra de la prórroga y que la decisión no causa perjuicio a terceros.
El objetivo declarado es «hacer viable el proceso de ejecución de los proyectos subvencionados y posibilitar el cumplimiento del procedimiento de gestión», de modo que los ayuntamientos puedan terminar las actuaciones y formalizar la documentación justificativa dentro del ejercicio.
El amparo legal y la entrada en vigor
La ampliación se apoya en el artículo 45.3 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de subvenciones de Galicia. Ese precepto permite al órgano concedente otorgar una ampliación del plazo de presentación de la justificación que no exceda de la mitad de este, siempre que no se perjudiquen derechos de terceros.
La norma cita además la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y la Ley 8/2009, de 22 de diciembre. La disposición final fija que la orden entra en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, es decir, el 28 de octubre de 2026.
Impacto para los ayuntamientos
La prórroga da algo menos de dos semanas adicionales a los municipios con proyectos en marcha, un margen relevante para los ayuntamientos que tienen contrataciones pendientes de adjudicación o de ejecución material. Sin esa ampliación, las entidades beneficiarias que no presentasen la cuenta justificativa antes del 31 de octubre quedarían expuestas a las consecuencias del incumplimiento del plazo en las bases reguladoras.
La decisión afecta a una línea de ayuda vinculada a los ingresos del canon eólico, por lo que el calendario de ejecución condiciona directamente la capacidad de los ayuntamientos de acometer inversiones ambientales financiadas con cargo al fondo.
Fuente: Diario Oficial de Galicia, núm. 206, 28 de octubre de 2026, sección III, pág. 53913-53914 (referencia oficial: CVE-DOG 5qdudje9-g2g2-rjg5-yzt5-x5kogwqo3ke9).