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Iris Oifigiúil · 03 Nov 2026 · 4 vistas

El proceso de testamentaría pasa a ser totalmente en línea tras la eliminación de las reglas de atestación y el sellado de fianzas

Por FactBox Admin

Probate goes fully online as rules drop attestation and bond sealing

Las solicitudes de testamentaría y administración ahora pueden gestionarse sin dos formalidades en papel de larga data: los documentos presentados digitalmente ya no necesitan ser atestiguados, y las fianzas de administración ya no tienen que ser selladas y entregadas en las sucesiones de personas cuya fecha de fallecimiento sea el 1 de enero de 1967 o posterior. El cambio se realiza mediante las Rules of the Superior Courts (Probate) 2026, publicadas como S.I. No. 549 of 2026 en el Iris Oifigiúil No. 88 del 3 de noviembre de 2026.

El instrumento es un texto enmendador breve en lugar de un código nuevo. Reescribe dos disposiciones de las Reglas de los Tribunales Superiores — Orders 79 and 80 — que rigen las solicitudes de concesiones de testamentaría y concesiones de administración, y establece expresamente que las enmiendas se realizan “en relación con las solicitudes en línea de concesiones de testamentaría y administración”. Apareció en la Sección I de la gaceta junto con S.I. No. 548 of 2026, el Employment Equality Act 1998 (Section 20A) (Gender Pay Gap Information) (Amendment) Regulations 2026, y S.I. No. 550 of 2026, la Health (Provision of Contraception Prescribing Service in Retail Pharmacy Businesses) Act 2026 (Commencement) Order 2026.

Los documentos digitales ya no requieren atestiguación

La primera parte del instrumento aborda la acreditación de los papeles que llegan electrónicamente. El texto oficial dispone que los documentos presentados digitalmente no necesitan ser atestiguados.

En la práctica, esto elimina un paso que se interponía entre la persona que presenta la solicitud y el tribunal: un documento ya no tiene que llevar una atestiguación separada para ser aceptado por el hecho de haber sido presentado en línea en lugar de en papel.

  • El alivio cubre las solicitudes de concesiones de testamentaría.
  • Cubre las solicitudes de concesiones de administración.
  • Está estructurado en torno a los documentos presentados digitalmente.

Fianzas de administración: el límite de 1967

La segunda parte se refiere a las fianzas de administración, la garantía otorgada por un administrador al hacerse cargo de una sucesión. Las reglas eliminan la necesidad de sellar y entregar dichas fianzas en las sucesiones de personas cuya fecha de fallecimiento sea el 1 de enero de 1967 o posterior.

La fecha es el límite del cambio, no su detonante. Las sucesiones de personas que fallecieron antes del 1 de enero de 1967 permanecen fuera de la redacción de la enmienda, por lo que el requisito de sellado y entrega continúa aplicándose a ellas.

Dos elementos del proceso de fianza se mencionan en el texto como ya no requeridos:

  • Sellado de la fianza de administración.
  • Entrega de la fianza de administración.

Quiénes se ven afectados

El instrumento alcanza a los profesionales y partes que tramitan una sucesión a través del sistema de testamentaría, y llega a ellos en el punto donde se presentan los documentos y se otorga la garantía.

  • Abogados que presentan solicitudes de testamentaría y administración en línea.
  • Albaceas que buscan una concesión de testamentaría.
  • Administradores que obtienen una concesión de administración y otorgan una fianza de administración.
  • Sucesiones donde el difunto falleció el 1 de enero de 1967 o posterior.

Las normas están a la venta a través de Government Publications, Mountshannon Road, Kilmainham, Dublín, D08 XA06, a un precio de 3,50 €.

La importancia radica en la eliminación de dos pasos formales que existían solo sobre el papel. Para los abogados, la presentación de un documento digital y la entrega de una fianza de administración se convierten en actos únicos, sin la atestación o el sellado adicionales que anteriormente los acompañaban; para los albaceas y administradores, y para los patrimonios que representan, el efecto práctico es un camino más corto entre el fallecimiento y la concesión, siendo el umbral de 1967 el límite del cambio.


Fuente: Iris Oifigiúil, n.º 88, 3 de noviembre de 2026, Sección I, p. G-3 (referencia oficial: S.I. n.º 549 de 2026).