Moniteur Belge · 08 Sep 2026 · 2 vistas
Prima de fin de año obligatoria para la gestión de inmuebles
Por FactBox Admin

Un real decreto del 27 de agosto de 2026, publicado en el Moniteur belge del 8 de septiembre de 2026 (p. 49235), hace obligatoria la convención colectiva de trabajo del 12 de febrero de 2026 relativa a la concesión de una prima de fin de año. La medida, firmada por el Rey Philippe y el ministro de Empleo D. Clarinval, se aplica a los empleadores y trabajadores dependientes de la Comisión Paritaria para la gestión de inmuebles, los agentes inmobiliarios y los trabajadores domésticos. El texto está referenciado bajo el número oficial [2026/201829].
Una convención extendida a todo el sector
El real decreto, adoptado sobre la base del artículo 28 de la ley del 5 de diciembre de 1968 sobre las convenciones colectivas de trabajo y las comisiones paritarias, otorga fuerza obligatoria a la convención celebrada el 12 de febrero de 2026 en el seno de la comisión paritaria. Esta convención fue registrada el 24 de febrero de 2026 bajo el número 198199/CO/323.
Entra en vigor el 1 de enero de 2026 y sustituye a la convención colectiva del 29 de septiembre de 2020 (n° 161877) que ya regulaba la concesión de esta prima en el sector. Celebrada por una duración indeterminada, puede ser denunciada por cualquiera de las partes mediante un preaviso de tres meses notificado por carta certificada al presidente de la comisión paritaria.
El monto y las condiciones de concesión
La prima de fin de año se fija en el 8,33 % del salario bruto pagado durante el periodo de referencia, que corresponde al ejercicio social corriente del 1 de julio al 30 de junio. Para beneficiarse de ella, el trabajador debe cumplir varias condiciones acumulativas:
- acreditar una antigüedad de al menos 2 meses en el sector al 30 de junio del ejercicio social;
- para los asalariados que dimitan durante el ejercicio, disponer de una antigüedad sectorial de al menos un año completo;
- no haber sido despedido por causa grave durante el ejercicio social.
Los trabajadores que no alcancen los dos meses de antigüedad al 30 de junio pero permanezcan activos sin interrupción hasta el 31 de diciembre siguiente también recibirán la prima. Ni la prima de fin de año ni el doble subsidio de vacaciones forman parte del salario bruto sobre la base del cual se calcula el monto de la prima.
Modalidades de pago
El pago difiere según el tipo de contrato de trabajo:
- para los empleados, la prima es pagada directamente por el empleador, junto con el salario de diciembre;
- para los obreros, es abonada a finales de diciembre por el Fondo Social y de Garantía del sector inmobiliario.
Los días de inactividad asimilados son idénticos a los previstos por la normativa vigente en materia de vacaciones anuales, a los que se añaden los días de interrupción del trabajo por desempleo temporal por fuerza mayor relacionado con la pandemia de coronavirus. En caso de controversia sobre la interpretación del convenio, solo el consejo de administración del fondo social es competente para decidir.
Un alcance concreto para los asalariados del sector
Al hacer obligatorio este convenio, el real decreto garantiza a todos los trabajadores de la gestión de inmuebles, agentes inmobiliarios y trabajadores domésticos un derecho uniforme a la prima de fin de año, sin distinción de género ni de tipo de contrato. Los empleadores del sector están ahora obligados a abonar esta prima, cuyo importe está indexado al salario bruto percibido realmente, ofreciendo así una seguridad financiera adicional a final de año a asalariados a menudo precarios.
Fuente oficial: Monitor belga del 8 de septiembre de 2026, p. 49235 — Real decreto del 27 de agosto de 2026 por el que se hace obligatorio el convenio colectivo de trabajo del 12 de febrero de 2026, suscrito en el seno de la Comisión Paritaria para la gestión de inmuebles, los agentes inmobiliarios y los trabajadores domésticos, relativo a la concesión de una prima de fin de año (referencia [2026/201829]).