BOP de León · 01 Sep 2026 · 1 vistas
Priaranza fija en 15 euros la tasa del albergue turístico de Villavieja
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Priaranza del Bierzo ha aprobado definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por prestación del servicio de Albergue Turístico, que fija en 15,00 € por usuario y pernoctación la tarifa del albergue municipal de Villavieja. El acuerdo, adoptado por el Pleno en sesión de 29 de junio de 2026, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de León número 166, de 1 de septiembre de 2026, con referencia BOP-LE-2026-166003.
La modificación afecta al artículo 5 de la ordenanza y entra en vigor el mismo día de su publicación en el boletín, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa. El texto definitivo se eleva tras finalizar el periodo de exposición pública sin que se presentaran alegaciones.
Una tasa para el albergue de 16 plazas
El hecho imponible de la tasa es la utilización de los servicios prestados en el Albergue turístico de 16 plazas sito en Villavieja, que incluyen alojamiento, cocina, salón de actos y ordenadores. Están obligados al pago, en concepto de contribuyentes, las personas que soliciten o en cuyo interés redunden los servicios, entendiéndose por tales los jóvenes o quienes utilicen las instalaciones del albergue.
La cuota tributaria se fija en QUINCE EUROS (15,00 €) por usuario y pernoctación, con todos los impuestos incluidos. La tasa se devenga cuando se solicita el servicio, pudiendo exigirse el depósito previo del importe total o parcial.
Qué incluye la tarifa
La tarifa da derecho a la utilización de los siguientes servicios:
- Uso de cama-litera y taquilla con llave dentro de una habitación compartida.
- Uso de los espacios comunes, como los baños y el salón.
- Un juego de sábanas y mantas si se necesitara.
- El servicio de limpieza prestado por el Ayuntamiento, si bien la preparación de la cama corre por cuenta del usuario.
Las tarifas no serán reembolsables si el usuario no hace uso de los derechos adquiridos sin avisar con dos días de antelación, aunque procederá la devolución cuando la no utilización no sea imputable al sujeto pasivo.
Gestión y marco legal
La reserva se solicita en el Registro del Ayuntamiento, en la recepción del albergue o en el servicio de reservas de la web municipal, indicando el número exacto de personas. En la recepción, el usuario deberá presentar su documento de identidad y firmar la aceptación de las condiciones de uso. Las tasas se ingresan en la Tesorería municipal o por transferencia bancaria.
La ordenanza se fundamenta en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Se remite además al Decreto 52/2008, de 10 de julio, que regula la ordenación de los albergues de Castilla y León, y a la Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León.
El acuerdo, firmado por el alcalde José Reguera Álvarez en Priaranza del Bierzo a 28 de agosto de 2026, puede recurrirse en vía contencioso-administrativa ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses desde su publicación.
La nueva tasa dota de un marco tarifario claro a un equipamiento turístico y juvenil clave para la comarca del Bierzo, y afecta directamente a los jóvenes y visitantes que utilicen el albergue de Villavieja, que deberán presupuestar los 15 euros por noche a partir de la entrada en vigor de la ordenanza.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de León, núm. 166, 1 de septiembre de 2026, pág. 5-8 (referencia oficial: BOP-LE-2026-166003).