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Butlletí Oficial de la Província de Barcelona · 29 Oct 2026 · 7 vistas

Premià de Mar abre al público la tasa de residuos de 2027

Por FactBox Admin

Premià de Mar obre al públic la taxa de residus del 2027

El Ayuntamiento de Premià de Mar ha aprobado provisionalmente la modificación de la Ordenanza Fiscal 4.7, reguladora de la tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos municipales, para el ejercicio de 2027 y siguientes, así como su texto refundido. El acuerdo se adoptó en la sesión plenaria del 21 de octubre de 2026 y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona del 29 de octubre de 2026 (referencia oficial CVE 202610160273), con un periodo de exposición pública de treinta días hábiles.

El texto forma parte del paquete de ordenanzas fiscales y precios públicos que el consistorio tramita de manera conjunta para el año próximo. Una vez superado el trámite de alegaciones, la norma será de aplicación a todas las viviendas y locales del municipio que sean sujetos pasivos de la tasa.

Tres normas aprobadas de golpe

El Pleno del 21 de octubre dio luz verde provisional a tres textos, todos con efectos a partir del ejercicio 2027:

  • La Ordenanza Fiscal de Precio Público núm. 11, sobre la prestación de los servicios de autoconsumo colectivo de las instalaciones fotovoltaicas municipales, con el texto que la regula como anexo I.
  • La modificación de la Ordenanza Fiscal 4.7, reguladora de la tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos municipales, y su texto refundido, recogida en el anexo II.
  • La modificación de la Ordenanza del Precio público núm. 8, reguladora de la prestación del servicio de atención domiciliaria, con el texto refundido en el anexo III.

La tramitación se enmarca en el artículo 17 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo; el artículo 111 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y el artículo 178 del Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el cual se aprueba el texto refundido de la ley municipal y de régimen local de Cataluña. El anuncio lo firma el alcalde, Rafael Navarro Álvarez.

Treinta días hábiles para examinar el expediente

Los acuerdos provisionales y el texto completo de las ordenanzas aprobadas o modificadas quedarán en el tablón de anuncios y en la página web municipal (premiademar.cat) durante treinta días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de exposición en el boletín. Con fecha de publicación 29 de octubre de 2026, el cómputo se inicia el 30 de octubre.

Durante este periodo, las personas con interés directo o que resulten afectadas podrán:

  • Consultar el expediente en el Departamento de Servicios Económicos del Ayuntamiento de Premià de Mar.
  • Presentar en él las reclamaciones que estimen oportunas, de acuerdo con el artículo 18 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales.

Si transcurre el plazo de exposición pública sin ninguna reclamación, los acuerdos adoptados quedarán definitivamente aprobados sin necesidad de ningún otro pronunciamiento del Pleno. En caso contrario, habrá que resolver las alegaciones presentadas antes de la publicación definitiva.

Publicación final y entrada en vigor

Los acuerdos definitivos en materia de derogación, aprobación y modificación de ordenanzas fiscales, así como el texto refundido aprobado, serán objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona y en la página web municipal. Esta segunda publicación es la que fijará la versión vigente del texto que habrá de regir las liquidaciones de la tasa a partir del 1 de enero de 2027.

El anuncio aprobado por el Pleno ordena la modificación de la ordenanza 4.7 “para el ejercicio de 2027 y siguientes”, de manera que la nueva redacción no es una revisión anual aislada sino el marco estable que ha de regir la tasa en los próximos ejercicios.

Impacto en las boletas

La tasa de gestión de residuos municipales es un tributo de recepción obligatoria que grava directamente cada vivienda y cada actividad comercial o de servicios que genera residuos asimilables a los domésticos, por lo cual cualquier cambio en el texto refundido acaba repercutiendo en el recibo que pagan vecinos y comercios del municipio.

El trámite abierto ahora es la última ventana para impugnar las cuotas y los elementos tributarios antes de que la modificación quede consolidada: las alegaciones se deben presentar dentro de los treinta días hábiles siguientes a la publicación en el boletín, dirigidas al Departamento de Servicios Económicos del Ayuntamiento de Premià de Mar.


Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Barcelona, 29 d’octubre de 2026, Administració local, pàg. 1-1 (referència oficial: CVE 202610160273).