Butlletí Oficial de la Província de Barcelona · 09 Sep 2026 · 2 vistas
Premià de Mar convoca 16 viviendas de alquiler subvencionado en la calle Carme
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Premià de Mar ha abierto la convocatoria para adjudicar 16 viviendas de alquiler subvencionado de la promoción de la calle Carme, 4, y conceder subvenciones para financiar parte de las rentas de alquiler durante el primer año. La resolución de la Alcaldía, de 3 de septiembre de 2026, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB) del 9 de septiembre de 2026, con referencia CVE 202610138603.
Las bases reguladoras específicas fueron aprobadas por la Junta de Gobierno Local el 29 de julio de 2026 y publicadas en el BOPB (CVE 202610128968) el 31 de julio de 2026. El presupuesto máximo destinado a las subvenciones es de 51.480 €, a cargo de la aplicación presupuestaria 7010.23101.4800000 del ejercicio 2026-2027. Cada solicitud puede recibir hasta el 30% de la renta mensual de la vivienda adjudicada, durante los primeros doce meses de contrato.
Objeto y condiciones del alquiler
El objeto de la convocatoria es seleccionar a las personas adjudicatarias de las 16 viviendas y conceder las subvenciones que gestiona el servicio municipal de vivienda. Los contratos se regularán por la Ley de Arrendamientos Urbanos y la normativa de vivienda autonómica y estatal, con una duración inicial de 7 años.
Las viviendas se han de destinar a residencia habitual y permanente, y las personas adjudicatarias se han de empadronar en un término máximo de un mes desde la entrega de las llaves. Las rentas mensuales subvencionadas van desde los 553 € a los 679 € según el número de habitaciones:
- Pisos de 1 habitación: renta de 790-810 € (subvención de 237-243 €).
- Pisos de 2 habitaciones: renta de 890-930 € (subvención de 267-279 €).
- Pisos de 3 habitaciones: renta de 950-970 € (subvención de 285-291 €).
Requisitos y colectivos destinatarios
Pueden optar personas físicas con nacionalidad española o permiso de residencia vigente, empadronadas en Premià de Mar durante los últimos 3 años (o 10 años de manera discontinua). Los ingresos anuales brutos de la unidad de convivencia han de estar entre 2,5 y 4 IPREM.
La convocatoria establece cuatro listas según el colectivo y la configuración de la unidad de convivencia:
- Lista 1 (4 viviendas): personas del colectivo B, de 1 habitación.
- Lista 2 (1 vivienda): personas del colectivo B, de 2 habitaciones.
- Lista 3 (8 viviendas): personas del colectivo A, de 2 habitaciones.
- Lista 4 (3 viviendas): personas del colectivo A con menores, de 3 habitaciones.
El colectivo A incluye personas de más de 18 y menos de 35 años, y el colectivo B personas de más de 65 años. Ningún miembro de la unidad de convivencia puede disponer de otra vivienda en propiedad o usufructo en el Estado español.
Plazos y procedimiento
El procedimiento es de concurrencia competitiva. El plazo de presentación de solicitudes se inicia al día siguiente de la publicación del extracto en el BOPB y permanece abierto durante 15 días naturales. Las solicitudes se presentan en el registro del Ayuntamiento de Premià de Mar o por las vías del artículo 16 de la Ley 39/2015.
La comisión técnica, formada por el responsable del servicio de vivienda, la persona técnica y el interventor municipal, verificará las solicitudes y elaborará la propuesta. La resolución corresponde al alcalde, Rafael Navarro Álvarez, y se notificará en un plazo máximo de 10 días desde la aprobación.
La convocatoria refuerza el parque de vivienda asequible de Premià de Mar y facilita el acceso a jóvenes menores de 35 años y a personas mayores de 65, reduciendo el esfuerzo económico del pago de la renta durante el primer año. Es una oportunidad relevante para las familias del municipio que buscan una vivienda de alquiler a precio subvencionado.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, 9 de septiembre de 2026, sección administración local, pág. 1-16 (referencia oficial: CVE 202610138603).